Archivado en Comunicados, Formacion

MIFID II: CNMV PUBLICA LA GUÍA TÉCNICA
Sin embargo ha obviado aspectos fundamentales que también habíamos planteado CCOO y que no han sido recogidos en la guía:
- No ha tenido en cuenta que se valore la experiencia de los años trabajados como bancarios y bancarias desempeñando funciones comerciales, a efectos de convalidar determinados aspectos del temario.
- No ha entrado en hacer valoraciones en lo que se refiere a establecer compensaciones por las horas de autoestudio que requiere esta formación.
- No contempla la participación de la Representación Laboral en el órgano de administración o comisión que se cree en las entidades financieras.
- No dice que la responsabilidad ante terceros debe recaer en las entidades y no en las personas de la plantilla.
CCOO vamos a requerir a las entidades financieras que hagan uso de la flexibilidad que les permite la Guía Técnica y modifiquen su política formativa con respecto a MIFID 2 y para ello les instamos a que:
1. Se replantee la formación en aquellas entidades donde se había optado por el modelo estricto de formación íntegra externa con examen de certificación a través de EFPA o CFA o similar.
2. Se sustituya el modelo formativo integral por el modelo formativo modular.
3. Se dé participación a la RLT en la Comisión MIFID 2 (o en su caso, órgano de administración), ya que se trata de una comisión de formación.
4. Se reconozca que esta formación tiene carácter obligatorio para el personal relevante y, por tanto, tal y como establece el Considerando 79 de la Directiva MIFID 2 y dispone la propia Guía Técnica, las entidades den el tiempo y los medios necesarios para su realización. Y esto quiere decir que la formación y preparación de pruebas se realice dentro de los horarios de trabajo y, si esto no es posible, se den las compensaciones adecuadas.
Además de todo esto CCOO requerimos a las entidades financieras a que:
- Elaboren planes de contingencia para adaptar los puestos de trabajo y competencias para que no se puedan aplicar "medidas objetivas" traumáticas.
- Suscriban seguros de responsabilidad civil que amparen a las personas de la plantilla ante posibles demandas o reclamaciones.
- Se revisen los códigos de conducta de las entidades, con la participación de la representación laboral, incorporando principios de la deontología de la profesión y la protección de la objeción de conciencia.
CCOO emplazamos a las entidades para que se termine con el despropósito en que se está convirtiendo este tema para las bancarias y los bancarios y que la formación se circunscriba a la adquisición de los conocimientos necesarios sin exigencias más allá de lo establecido por la guía técnica.
Asimismo, estaremos enfrente de aquellas empresas que no garanticen la empleabilidad de las personas y de las que pretendan descargar toda la responsabilidad sobre las plantillas.

Información ante alerta meteorológica
Modelo de carta de Baja Voluntaria en la empresa
Calendario Laboral 2025. Publicado en el BOE
Publicación en el BOCM del nuevo Convenio de Oficinas y Despachos 2025-26
Convenio Colectivo Estatal de Acción e Intervención Social
Convenio Colectivo de Comercio Textil de la Comunidad de Madrid