Archivado en
Préstamos: Aplicación de tipos mínimos de Convenio
Procedemos a presentar demanda en la Audiencia Nacional
Como sabéis, el Convenio Colectivo firmado por CCOO recoge una importante disminución en los tipos mínimos a aplicar en 2017 y en 2018 en varias de las modalidades de préstamos de empleados, incluyendo a la cartera viva, si bien, las formas y las fechas de aplicación de tal rebaja varían según los pactos previos existentes en cada Caja de origen.
[...]
Como esta entidad es como es, desde un principio ha pretendido ignorar esta obligación, si bien, tras alguna pelea con la empresa, poco a poco han ido asumiendo (no les quedaba más remedio) que debían respetar lo pactado en algunos de los territorios, procediendo a arreglar desde entonces, con cuentagotas y de una forma muy extraña, los tipos mínimos aplicables a los préstamos de parte de los empleados.
Sin embargo, esto no ha sido así en otros territorios, donde la empresa utilizando las sesgadas interpretaciones a las que nos tiene acostumbrados, se ha negado de forma rotunda a aplicar lo pactado en Convenio.
Así, y como ya preveíamos, ante la absoluta negativa a todo de la empresa, mostrada tanto en la Mesa Interpretativa de Convenio que tuvimos que convocar por este asunto como en la conciliación que se ha celebrado hoy mismo en el SIMA, desde CCOO procedemos a presentar demanda en la Audiencia Nacional por aquellos préstamos todavía pendientes de solucionar.
A la vista está que, a pesar de nuestros esfuerzos, una vez más tendrán que ser los juzgados quienes tengan que hacérselo entender.
Relacionado también con los préstamos, el pasado 10 de marzo Liberbank publicó una circular en la Intranet según la cual la entidad pasaba a asumir parte de los gastos por constitución de hipotecas concedidas a personas físicas.
Como quiera que esto mismo le estaba siendo negado a algunos empleados, el 24 de marzo, desde CCOO solicitamos por escrito a la empresa que fuera aplicado también a los empleados pues resulta absurdo que se bonifique de forma global a la clientela y, sin embargo, se excluya de tal bonificación a la plantilla.
A pesar de ello, esto que parece evidente y con una solución bien sencilla, en Liberbank se sigue dilatando de forma inexplicable.
Lo cierto es que temas como este no deberían ni tener que plantearse pero, ¿qué cabe esperar de una empresa que tras nombrar, hace casi medio año, a varias personas para puestos de confianza que conllevan un incremento salarial, todavía no les ha abonado un céntimo?
Pues eso.
Saludos.
Artículos más leídos hoy
Modelo de carta de Baja Voluntaria en la empresa
Se publica en el BOE el XVIII Convenio de Consultoría y comienza, con ello, a ser de aplicación
El BOCM publica el nuevo Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos
Altamira lanza una plataforma online para vender 120.000 inmuebles
Sareb Informe de Actividad 1er Semestre 2020
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales