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Respecto a la flexibilidad horaria en Servicios Centrales.
El origen de la situación actual es la sentencia que obliga a Bankia a establecer un control horario y un registro de la jornada real efectiva diaria de la plantilla.
En la reunión del pasado lunes día 11, además de las materias de las que ya hemos informado (Gestores con carteras y CLR,s) y de la propuesta de la empresa de revisar el horario de las Oficinas Ágiles (relacionada sobre todo con los turnos de comida), la Dirección volvió a plantear la posibilidad de incorporar fórmulas de flexibilidad horaria en servicios centrales.
A este respecto, queremos recordar que el origen de la situación actual es la sentencia judicial que obliga a Bankia a establecer un sistema de control horario y un registro de la jornada real efectiva diaria de la plantilla.
Por tanto, y antes que nada, lo primero que tiene que hacer la empresa es implantar un sistema de control horario que sea útil, eficaz y riguroso, a la hora de controlar y registrar la hora de entrada y de salida.
Recordamos que la iniciativa sindical conjunta que derivó en la sentencia mencionada está dirigida a combatir las prolongaciones de jornada, a defender los derechos de las y los trabajadores en materia de horario y a favorecer la conciliación de la vida laboral y personal.
Por ello, las posibilidades de incorporar fórmulas de flexibilización horaria, por parte de algunas compañeras y compañeros de Servicios Centrales que las quieran utilizar, de forma voluntaria y con las necesarias garantías, SOLO puede orientarse a esos objetivos: lucha contra las prolongaciones de jornada, defensa del horario de Convenio y conciliación de la vida laboral y personal; sin que ello suponga la implantación de jornada partida en Servicios Centrales.
Así mismo, la regulación del fichaje de entradas y salidas debe permitir acomodar la sentencia judicial a diferentes realidades que se vienen produciendo en algunos Servicios Centrales.
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