Archivado en Comunicados, Salario

NSR - Nuevo Sistema de Retribuciones

Fusión Banco Popular - Banco Pastor.
julio 2012

Información de especial interés para la plantilla procedente de Banco Pastor.


Este artículo se publicó originalmente en Popular (Sección Sindical Grupo Banco Popular) ,


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¿Quién firma y qué tenemos que hacer antes de firmar el NSR?

 

Sin entrar a valorar la conveniencia o no del salario graciable que se negocia individualmente (con la desigualdad entre las partes que ello conlleva) y sin conocer valores o importes comparativos, pasamos a informaros sobre unas pautas recomendables de comportamiento ante la situación real en que nos encontramos si queremos cobrarlo.

 

El documento del Sistema Retributivo (NSR) sólo lo firman las personas que cobran complementos graciables distintos del complemento movilidad. No lo firman quienes cobran únicamente conceptos convenio, ya que no tendría ningún sentido.

 

Por ahora lo han firmado los compañeros y compañeras que se han ido integrando individualmente en unidades Popular (Ej. Servicios centrales en Madrid) o en oficinas Popular (en las reubicaciones de oficinas fusionadas y en las Direcciones Regionales y Direcciones Territoriales), y es previsible que se extienda progresivamente ahora que todos somos plantilla Banco Popular.

 

Tenemos derecho a revisarlo y a quedarnos una copia del mismo (así ha sido hasta ahora y así debe ser). Si alguien nos viene con prisas nosotros no tenemos la culpa de que no nos lo haya presentado con suficiente antelación. También tenemos derecho a pedir todas las aclaraciones que necesitemos, es nuestro salario.

 

Por lo que hemos ido comprobando desde los primeros casos de integración, los cálculos están hechos a partir del importe que figuraba en el portal del empleado de Banco Pastor como “salario anual estimado”, que corresponde al salario bruto 2011, y que no difiere gran cosa del de 2012, ya que no ha habido incremento convenio. Las diferencias están en los “atrasos convenio” del mes de febrero de 2011, en que no tienen en cuenta la bolsa de vacaciones y su regularización de final de año ni tampoco la ayuda escolar. No podemos compararlo con la base imponible del IRPF que sí suma estos conceptos, así como los incentivos que reciben un tratamiento distinto como “bonus” en Banco Popular y de los que informaremos en otra circular.

 

De todos modos, podemos contrastarlo si vamos sumando todas las nóminas del año 2012, teniendo en cuenta todos los conceptos estables (ej. la bolsa de vacaciones varía cada año y tampoco entra en el NSR, ni los incentivos).

 

El NSR debería corresponder con el salario que estamos cobrando en Banco Pastor excepto nuevas condiciones que se negocien en este momento (incrementos por alguna negociación de aumento de responsabilidades o por aceptar movilidad).

 

Estamos detectando algunos problemas relacionados con complementos por desplazamiento, cuyo importe tendría que estar incluído aunque en Banco Popular no exista tal concepto, y con el mantenimiento de ayudas vivienda (que consideramos se deberían conservar hasta el vencimiento pactado) si no hay movilidad. Estamos reclamando ante RR.HH. del Banco una solución a esta situación, pero no esta solventado con criterio general, ya que nos alegan que hay muchos que no corresponden a desplazamientos o traslados reales.

 

Para cualquier duda o problema podéis poneros en contacto con los delegados de CCOO.

 

También ponemos a vuestra disposición el programa informático “ TU SALARIO” que tenemos para el cálculo del salario anual del NSR y sus posteriores revisiones por incrementos convenio, del que es responsable Xavier Montes (localizable en la Urb. 227 de Barcelona -telef. 932097722- ó en el móvil 620845530.

 

julio 2012

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