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Fondo de Ayudas Especiales 2012
CCOO BANESTO
La Comisión Paritaria, para el Fondo de Ayudas Especiales repartirá nuevamente este año 180.000 Euros, según los criterios fijados y que reproducimos a continuación.
Serán beneficiarios de estas ayudas el personal en activo o sus familiares en primer grado que convivan con ellos y a sus expensas (que no perciban ningún tipo de rentas), y el personal pasivo (solamente el titular). Los supuestos para poder solicitarlas, se detallan por orden de preferencia en el cuadro adjunto.
¿COMO SOLICITAR ESTAS AYUDAS?
La petición de los trabajadores en activo, deberá realizarse obligatoria y exclusivamente a través de la Intranet, con acceso a través del portal Banesto Personas (Pensamos en ti, Salud y Prevención, Faes 2012). Una vez marcada la solicitud, se imprimirá la petición y junto a las correspondientes facturas originales, sin enmiendas ni tachaduras o fotocopias compulsadas por algún Organismo Oficial o Fedatario Público, justificativas del gasto efectuado, podrán remitirse a la Comisión Paritaria por medio de los delegados de CC.OO. de vuestra Provincia, esto garantiza que antes de ser entregadas, son revisadas para intentar solucionar posibles incidencias que pudieran dar lugar a devoluciones innecesarias.
Un aspecto importante a destacar sobre las facturas es que en ellas deberá constar obligatoriamente: fecha, emisor de la misma con su NIF, firma y sello, detalle del gasto y, en su caso, IVA. Si en las facturas no constara alguno de estos requisitos, la solicitud no será admitida.
Si en las solicitudes hay facturas a nombre del cónyuge o hijos con 26 años cumplidos, se deberá aportar Certificado de Vida Laboral, para verificar que no han recibido ingresos en el periodo del 1/7/11 y el 30/6/12.
Nuevamente este año se podrán incluir las facturas de farmacia únicamente de la vacuna del Papiloma Humano, para chicas que no hayan podido recibir tratamiento gratuito por la Seguridad Social, por haber superado la edad reglamentaria en el periodo de facturas hábiles.
Un aspecto a tener en cuenta para las solicitudes es que, para acceder a la subvención, la suma total de las facturas presentadas por el solicitante, no podrá ser inferior a 650 euros.
La documentación quedará en poder de la Secretaría durante un año, posteriormente será destruida. (No se devuelven originales).
PLAZOS DE SOLICITUD
El plazo de marcaje de solicitudes se cerrará el próximo día 28 de septiembre, y las facturas a presentar, corresponderán a los gastos producidos entre el 1/7/2011 y el 30/6/2012, rechazándose toda factura cuya fecha no esté comprendida en el citado periodo.
SOLICITUDES SUSCEPTIBLES DE AYUDA
GRUPO A
Gastos producidos por asistencia sanitaria no cubierta por la Seguridad Social y que tengan una especial gravedad o singularidad (p.ej. prótesis), para los empleados en activo o para sus familiares en primer grado que convivan con ellos y a sus expensas.
GRUPO B
Gastos de asistencia sanitaria no cubiertos por la Seguridad Social, para los empleados en activo, o para sus familiares en primer grado que convivan con ellos y a sus expensas, con las siguientes consideraciones:
OFTALMOLOGIA: Quedan excluidos los gastos por monturas de gafas.
ODONTOESTOMATOLOGIA: La subvención por este concepto excluye los gastos producidos por: extracciones, limpiezas, fluoraciones y radiografías. También quedan excluidos los gastos farmacéuticos, así como la hidroterapia y medicinas alternativas.
GRUPO C
Gastos por asistencia sanitaria no cubierta por la Seguridad Social del personal prejubilado, pasivo y viudas de empleados, con las mismas exclusiones que las citadas en el Grupo B (no serán admitidas gastos a nombre del cónyuge).
PARA MÁS INFORMACIÓN
Si tenéis alguna duda o queréis más información, podéis dirigiros a l@s delegad@s de CC.OO.
Julio 2012
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