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SINIESTRALIDAD LABORAL
La siniestralidad laboral de las trabajadoras se ha incrementado un 155% en los últimos 10 años
La siniestralidad laboral que afecta a las mujeres trabajadoras de la Comunidad de Madrid se ha incrementado un 155% desde el año 1995, fecha en que se aprobó la Ley de Prevención de Riesgos Laborales de acuerdo con los datos del Consejo Económico y Social de Madrid.
Según un comunicado de UGT- Madrid, podría
pensarse que este incremento tiene su explicación en la paulatina incorporación
de la mujer al mercado de trabajo pero esta circunstancia no justifica el fuerte
incremento de la siniestralidad que las mujeres trabajadoras han experimentado
en este periodo de tiempo.
El sindicato destaca que la incorporación de la mujer en el mercado de trabajo
se ha producido en condiciones de desigualdad con respecto a los hombres.
Cuando se habla de salud laboral y de los riesgos derivados del trabajo se obvia
la perspectiva e género y como consecuencia, el impacto que tiene sobre la salud
de las trabajadoras las dificultades de conciliación de la vida profesional,
familiar y personal, continúa el comunicado.
En opinión de UGT, no en vano, la precariedad laboral y las peores condiciones
laborales que soportan la mujer trabajadora hacen que sufran elevados índices de
estrés laboral, enfermedades infecciosas, trastornos de las extremidades
superiores, dolencias de piel, asma y alergias y otras patologías.
Además hay que tener en cuenta que la dimensión de la igualdad en su aspecto
integral es un tema de máxima importancia a tener en cuenta en la negociación
colectiva. Significa que salarios, jornada, conciliación, formación, segregación
han de contemplarse con perspectiva de género para evitar la discriminación en
todos estos elementos del empleo y no tengan su repercusión negativa sobre la
salud.
Por otra parte, afirman, la salud de las mujeres en relación al trabajo, si no
se aborda, constituye una barrera para la puesta en marcha de políticas eficaces
de salud en el trabajo y de igualdad de oportunidades. Los riesgos para la
integridad y la salud femenina en el marco del empleo se viene demostrando como
un factor discriminatorio, que se subestima o se pasa por alto. Las prioridades
están definidas por y para hombres, para las profesiones y sectores
específicamente masculinos. El hombre medio es la medida desde la que se
realizan las planificaciones del trabajo, su organización y los medios
materiales, así como las políticas de salud y riesgos laborales.
UGT denuncia asimismo que el sistema y sus estructuras no han evolucionado en
relación a la demanda y a las necesidades de los trabajadores y las
trabajadoras. "Existe una evidente carencia de servicios y de plazas para la
atención de personas dependientes que suponen un verdadero handicap para el
desarrollo pleno y la inserción laboral de las mujeres trabajadoras madrileñas",
continúa Lucila Sanchez, Coordinadora del Gabinete de Salud Laboral y Medio
Ambiente de UGT-Madrid.
En este sentido la coordinadora destaca que es necesario contemplar las medidas
de conciliación, la estabilidad y la calidad en el empleo simultáneamente,
cuando se define la organización del trabajo y los planes de prevención de
riesgos laborales.
Finalmente, en el terreno de las enfermedades profesionales que sufren las
trabajadoras de la Comunidad, destaca el comunicado, que la normativa existente
es muy antigua, no se contempla las variaciones que se han ido produciendo en el
mundo laboral, debido a la evolución e implantación de nuevas tecnologías
principalmente y donde resulta difícil relacionar de forma precisa un nexo
causal entre la enfermedad y la actividad laboral.
El listado de enfermedades profesionales data de 1978 (Real Decreto 1995/1978,
de 12 de mayo por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en
el sistema de la seguridad social), con modificaciones, sobre todo referentes a
enfermedades infecciosas, en 1981 (Real Decreto 2821/1981).
En conclusión, se ignoran las nuevas formas de organización del trabajo, y la
subcontratación en cascada está generando un precariedad laboral que es una de
las causas prioritarias de la siniestralidad laboral en la Comunidad de Madrid,
con lo que se están produciendo nuevos riesgos con nuevos daños derivados del
trabajo y nuevas enfermedades profesionales que no se encuentran contempladas en
la normativa vigente hasta el momento, concluye el sindicato.
Actualmente existe un borrador de listado de enfermedades profesionales a
instancias de la Unión Europea, y para UGT-Madrid este listado sigue sin recoger
todas las enfermedades profesionales, ya que siguen sin contemplarse las
enfermedades derivadas de los riesgos psicosociales y las enfermedades que
derivan de los riesgos ergonómicos que aunque se contemplan algunas no se
recogen en su totalidad.
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