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Póliza de asistencia sanitaria para suspensiones de trabajo compensadas
El Área de Relaciones Laborales y Sociales de Bankia nos informa que se ha acordado con Mapfre Familiar la creación de una póliza específica para el colectivo de empleados que se hayan acogido o se acojan a partir de ahora a una suspensión de contrato, en los términos previstos en el Acuerdo Laboral de 14.12.2010.
Las condiciones de la póliza son estas:
- Tarifa plana por importe de 461,31 persona/año (idéntica a la de los prejubilados).
- Las condiciones de selección de riesgo son idénticas a las de la póliza de prejubilados.
- Es condición imprescindible para ser alta en esta póliza haber tenido una póliza sanitaria, al menos hasta la fecha de la suspensión del contrato.
- Los efectos de la póliza son a 1.06.2011, con independencia de que la suspensión se haya producido con anterioridad, para la no aplicación de carencias y que la situación sea igual a la que hubieran tenido si hubieran sido altas en la póliza inmediatamente después de su baja por suspensión de contrato.
- Las condiciones extraordinarias de esta póliza se aplicarán exclusivamente durante el tiempo que dure la suspensión de contrato, con un máximo de 3 años.
Os rogamos nos enviéis los datos de las personas que pudieran estar interesadas (Nombre y apellidos, NIF, teléfono contacto), para centralizar la tramitación de estas altas con Mapfre Familiar.
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