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Evolución del Subplan 2 en CECA

PLAN DE PENSIONES

El incremento anual de las bases de cotización máximas de la seguridad social por encima de los salarios suponía un riesgo cierto de que la gran mayoría de los trabajadores de ahorro perdieran sus derechos al complemento de pensión.


Este artículo se publicó originalmente en CECABANK (Comfia CCOO en Cecabank) ,


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En el XIV Convenio Colectivo de Ahorro, firmado en 1986, ante este riesgo, se crea un nuevo régimen  para aquellos empleados ingresados a partir de la firma del convenio. En el nuevo sistema de aportación definida  todos los trabajadores tienen derecho a que el promotor les aporte una determinada cantidad destinada a complementar su pensión de jubilación, con independencia de cuál sea su salario con respecto a las bases de cotización de la Seguridad Social.

Ese convenio fue el embrión para que se iniciaran negociaciones en todo el sector con el fin de garantizar e incrementar las pensiones (jubilación, viudedad y orfandad) de los trabajadores de ahorro.  

En CECA las negociaciones en esta materia han tenido tres hitos importantes:

  • 2001 – Acuerdo laboral sobre previsión social complementaria en el que se consiguió una aportación del 4% del salario en 18,5 pagas con una garantía de mínimos del 225% de la aportación de convenio.
  • 2009 – Acuerdo laboral por el que se incrementa la aportaciones del Subplan 2, cuando se realizase el aseguramiento de los beneficiarios, hasta el 5% del salario en 18,5 pagas con una garantía de mínimos de 2.000 € revisables anualmente con el IPC.
  • 2010 – Acuerdo de la Comisión de Control con dos puntos importantes:
    • Una aportación extraordinaria por el periodo de 1986 a2000 a los trabajadores/as incorporados con anterioridad a 2001, que significa una mejora del 62% con respecto a lo que fijaba el convenio en aquel momento.
    • La mejora del acuerdo de 2009 tendrá efectos retroactivos desde enero de ese año.

 

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