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CCOO y UGT acordamos con el Banco todos los sábados libres

Nuestra reivindicación se hace realidad a partir del 1 de octubre

La reivindicación histórica de nuestras organizaciones sindicales, el deseo mayoritario de los trabajadores y la nueva disposición negociadora de la empresa, han dado como resultado que, por fin, se haya alcanzado el acuerdo más esperado en Banesto: sábados libres.


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Como hemos venido insistiendo en nuestras anteriores circulares, para UGT y CCOO era fundamental alcanzar un acuerdo equilibrado, al menos, al mismo nivel de los acuerdos firmados por nuestros sindicatos en la mayoría de los bancos, y así hemos llegado a un punto de inflexión que para nosotros recoge los aspectos positivos que nos habíamos propuesto:

    • Sábados libres para toda la plantilla de la red de oficinas
    • Reducción sustancial del número de horas trabajadas en cómputo anual, 33,50 horas para los del horario general y 40,50 horas para las de horario singular.
    • Compensación para determinados horarios singulares

Sin perjuicio de un posterior análisis a la firma, en el acuerdo se establece la sustitución del artículo 25.2 del Convenio Colectivo por el siguiente horario:

    • De lunes a viernes, de 8:00 a 15:00 horas, computándose como tiempo de trabajo los 15 minutos de descanso.
    • Libranza de todos los sábados del año.
    • Durante los meses de Octubre a  Marzo se trabajará los dos primeros días y el último día hábil de cada mes en horario de 8:00 a 19:00 horas, con una hora para comer, con derecho al cobro de la ayuda alimentaria establecida en Convenio. 
    • Cuando esos días coincidan en viernes, festivo o víspera, esos días se trasladarán a los inmediatamente posteriores (a principio de mes) o al inmediatamente anterior (a final de mes). 
    • No son recuperables los periodos de Fin de Año, Semana Santa y Semana Grande.
    • Se establece una bolsa de 15 horas anuales que se dedicaran de común acuerdo a la cobertura de actividades formativas o de otras necesidades del servicio que deban realizarse en otros momentos distintos al horario establecido. Las citadas horas podrán ser compensadas y absorbidas por cualquier desfase de jornada en cumplimiento del horario.
    •  Excepcionalmente, el próximo mes de Octubre no será de aplicación este horario en los dos primeros días del mes, ni serán recuperables.

Asimismo, con carácter singular, el Banco  mantendrá abiertas unas 50 oficinas que se darán a conocer próximamente (hasta un máximo de un 5% de plantilla y 5% de oficinas) con un horario con las siguientes características:

    • De lunes a viernes, de 8:00 a 15:00 horas.
    • Sábados, de Octubre a Marzo, con horario de 9:00 a 14:00 horas.
    • Ampliación de libranza de los sábados desde un tercio a la mitad.
    • Disfrutarán de un día más de licencia.
    • Se establece una compensación económica de 1.250 euros anuales.

Se regula significativamente el art. 25.4 del CC que permitía amplia potestad a las empresas para regular el horario del personal directivo y auxiliar del mismo, facultándolo para la organización de su actividad laboral, alejando la imposición como método de organizar el tiempo de trabajo.

Si bien el Acuerdo no contempla su aplicación a oficinas y departamentos y sus empleados que vienen desarrollando otros horarios, existe el compromiso del Banco de abordar en breve el de los Servicios Centrales y Territoriales, por lo que completaremos una mejora generalizada para toda la plantilla, sin excepción.

Creemos haber logrado un buen Acuerdo, equiparable a las condiciones de los trabajadores del sector, que supone el fin de un largo proceso, en el que, al final, hemos visto cumplidas nuestras expectativas. Podéis encontrar el texto integro en las webs de nuestras respectivas organizaciones. Como siempre, nuestros delegados os darán información de las dudas que puedan surgir.

23 de septiembre de 2010 


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