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Puntualizaciones a la información de RR.HH sobre la Gripe "A".

Gripe A

En la nota informativa sobre la gripe A, remitida por RRHH a la plantilla de CECA, donde se recoge el protocolo de actuación frente a la posible pandemia y se establecen los procedimientos de actuación, desde nuestro punto de vista, se vulnera los derechos de los trabajadores y las trabajadoras.


Este artículo se publicó originalmente en CECABANK (Comfia CCOO en Cecabank) ,


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El Departamento de RRHH remitió el “Plan de Información sobre la Gripe A” en el que, además de proporcionar información relativa a la enfermedad (síntomas, transmisión, tratamiento, etc.), se establece el procedimiento y las condiciones en las que debemos informar a la empresa.

Desde nuestro punto de vista, algunos aspectos de este procedimiento atentan contra el derecho a la intimidad personal recogido en la Constitución Española suponiendo así mismo una transgresión de la Ley Orgánica de Protección de Datos al solicitar datos especialmente protegidos por dicha Ley:

  1. En el apartado donde se enumeran y detallan los grupos de riesgo (embarazadas, obesidad, enfermedades del corazón / respiratorias / hepáticas, etc.) se incluye el párrafo: “Quien se considere incluido en uno de estos grupos deberá, comunicarlo por escrito al Servicio Médico de CECA.”.
  2. En el procedimiento a seguir por los empleados en caso de ausencias por enfermedad, se ha añadido: “En caso de tratarse de un caso confirmado de Gripe A, deberá informarse expresamente de ello al Servicio Médico de la Entidad así como al Dpto. de RR.HH.”.
  3. Por otro lado, en ese mismo documento, se especifica: “En el caso de encontrarse en su puesto de trabajo cuando aparezcan los primeros síntomas, deberá contactar con los Servicios Médicos de CECA…”.

En los dos primeros puntos se podrían vulnerar nuestros derechos, en el tercero, la empresa se arroga competencias que son exclusivas de los Servicios Públicos de Sanidad.

En este sentido le hemos pedido a la empresa que nos aclare el por qué de estas exigencias a los/as trabajadores/as cuando, en ningún momento, las autoridades competentes han establecido protocolos de tan profundo calado.

El responsable de Relaciones Laborales nos ha confirmado formalmente que, en el caso de la gripe A como en cualquier otra enfermedad común, los/as trabajadores/as tienen perfecto derecho a omitir la causa de la baja y no tienen obligación de informar de si pertenece a algún grupo de riesgo concreto. Reconociendo, así mismo, el derecho de los/as trabajadores/as de consultar con quien estime más conveniente, sin necesidad de utilizar los Servicios Médicos de CECA.

 

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