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XVI Convenio Colectivo: Presente Inmediato
El XVI Convenio Colectivo fue registrado en el Ministerio de Trabajo el 19 de diciembre, por lo que a finales de este mes de febrero debería ser publicado en el BOE.
A partir de ese momento se iniciará un plazo de cuatro meses en los que las empresas están obligadas a saldarnos los atrasos generados al pagarnos los salarios con tablas de 2006.
Desde Conforme a expensas de percibir los atrasos que por convenio colectivo me correspondan
A nadie se le escapaba a mediados del año pasado que la crisis global impactaría severamente en el empleo, tampoco era necesario ser un erudito en la materia para anticipar que el IPC de 2008 quedaría por debajo del 2%. Teniendo en cuenta que los trabajadores y trabajadoras del sector llevamos dos años sin actualización salarial (con especial impacto en las plantillas de las Pymes y las Factorías de Software), que las empresas se ahorran dinero de cada baja voluntaria o de cada despido al no saldar los atrasos, que las mejoras en los bloques de negociación de Jornada y Conciliación eran significativas (adjuntamos tabla comparativa XV - XVI para mayor claridad) y que la crisis redundaría en despidos, procedimos a actuar con responsabilidad, firmando el Convenio Colectivo aún a pesar de no obtener todas las mejoras deseadas, pero seguimos sumando.
El sistema de clasificación que diseñamos era el grueso del convenio, por lo que hay que seguir peleando para implantarlo. Para ello se creará una Comisión de Trabajo, en la cual CCOO trabajará durante lo que queda de 2009 con la patronal, con el único objetivo de alcanzar el consenso que permita de una vez por todas contar con una clasificación acorde a la realidad en el que nos veamos claramente reflejados y cuya implantación sea para 2010. Agradecimientos. Descargate el comunicado en formato PDF (14 kb) Descargate la comparativa entre el XV y el XVI Convenios Colectivos en formato PDF (110 kb)
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