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RESULTADO DE LAS CONVERSACIONES

NÓMINA DE ENERO

Estimados compañeros y compañeras.

Tras la reclamación presentada por la Sección Sindical de CCOO, mantuvimos una reunión, a petición de RRHH, el pasado día 6 de febrero, en la cual se trataron los siguientes asuntos.


Este artículo se publicó originalmente en G. Coop. Cajamar (CCOO en Grupo Cooperativo Cajamar) ,


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NÓMINA DE ENERO, RESULTADOS


NÓMINA DE ENERO DE 2013


La Entidad va a cumplir para el colectivo con origen en Cajamar el acuerdo de 15 de diciembre de 2011 en lo concerniente a dejar fuera de la compensación y absorción a todos los empleados cuyo salario bruto año sea inferior a 37.781,00 €.

Con respecto al colectivo con origen en Ruralcaja y Castellón, la Entidad no reconoce la extensión de este acuerdo, argumentando por un lado que la estructura salarial de Cajamar que determinó la cuantía de 37.781,00 € no es equivalente a la de Ruralcaja y Castellón, y por otro que los salarios de estas entidades a corto plazo serán objeto de homologación salarial y por tanto de elevación al alza una vez que se aplique el sistema retributivo de Cajamar (ya sea uno nuevo o el que existe actualmente).

Rechazada por nuestra parte la no aplicación del acuerdo al colectivo con origen en Ruralcaja y Castellón, nos plantean que están dispuestos a aplicarlos si ponemos en equivalencia los importes salariales, y nos proponen que adoptemos un acuerdo para que la no compensación y no absorción para este colectivo se sitúe en el promedio de la retribución salarial de Ruralcaja y Castellón, que asciende a 31.940,00 €.

Por nuestra parte hemos visto razonable la argumentación y hemos mostrado nuestraconformidad a la propuesta.

Validaciones solicitadas

Nos confirman que se van a realizar las comprobaciones solicitadas, a saber:

  • Para técnicos y coordinadores de SSCC y DDTT, que la nómina arroje un salario año igual al de la tabla más la antigüedad, más el complemento de permanencia, más el complemento de fusión 00 y más el complemento de fusión 01.
  • Además, para el mismo colectivo, comprobar que ni una sola persona tiene un salario año inferior al del año anterior.
  • Para directores e interventores de oficina, comprobar que los complementos de posición funcional y de tipo de oficina son exactamente los que figuran en las tablas.

¾ DE PAGA EN EL SISTEMA RETRIBUTIVO DE TÉCNICOS Y COORDINADORES DE SSCC Y DDTT

Desde RRHH nos emplazan a la negociación recogida en el propio acuerdo colectivo para acometer el reconocimiento de la improcedencia de la reducción de los ¾ de paga realizada sobre el personal adscrito al sistema retributivo de Técnicos y Coordinadores de SSCC y DDTT en el ejercicio de 2012 de tal forma que pueda recuperarse en los mismos términos acordados para la totalidad de la plantilla referidos a la suspensión de los ¾ de paga en los ejercicios de 2013 y 2014.

Saludos.

Almería, 8 de febrero de 2013

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