Autoliquidación rectificativa
Autoliquidación rectificativa
El Real Decreto 117/2024, de 30 de enero, introdujo un nuevo artículo 67 bis en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (RIRPF) que establece la autoliquidación rectificativa como la vía general para modificar una autoliquidación presentada con anterioridad, dejando a un lado el anterior sistema dual de autoliquidación complementaria y solicitud de rectificación de autoliquidaciones.
Si en la declaración de 2023 había que marcar la casilla 107 para presentar una declaración complementaria o la casilla 127 para presentar una solicitud de rectificación, en la declaración de 2024 aparece la nueva casilla 103 para indicar que la autoliquidación es rectificativa de otra anterior, con independencia del sentido de la modificación.
Además, encontraremos la nueva casilla 122 para indicar si la autoliquidación rectificativa está motivada por una discrepancia de criterio administrativo, en cuyo caso también se habilita la nueva casilla 669 para reflejar el ajuste a realizar por este motivo.
Finalmente, se incluye la nueva casilla 701 en el documento de ingreso o devolución para que, en los casos de solicitudes de devolución, se diferencie las que corresponden a una solicitud de ingresos indebidos de aquellas que derivan de la aplicación de la normativa del Impuesto teniendo en cuenta el diferente régimen de unas y otras devoluciones.
Además, otro año más, se mantiene la opción VERIFICA (Autocorrección de declaraciones), debiendo utilizarse certificado electrónico o DNI electrónico, o bien el sistema Cl@vePIN, sistema por el que las declaraciones de IRPF 2024 a devolver, que se hayan bloqueado por determinadas incidencias que supongan una minoración de la devolución declarada, se puedan corregir por los contribuyentes con la finalidad de anticipar el cobro de la devolución.
Infórmate
CCOO Servicios es un sindicato, es Comisiones Obreras en los sectores de Comercio, Financiero, administrativo, de las TIC, Hostelería, Contact-center, Oficinas, Turismo... Leer más
Síguenos en Telegram
Dónde estamos
OFICINAS CENTRALES
C/ Albasanz, 3 1º Planta
28037 Madrid
Tel: 91 540 92 82
Asesoría Madrid 91 536 51 63-64
Otras Comunidades
Fax: 91 559 71 96
Email: contacta@servicios.ccoo.es