Consideración fiscal de las dietas y asignaciones para gastos de viaje

Consideración fiscal de las dietas y asignaciones para gastos de viaje

Desde el año 2023, la cantidad exceptuada de gravamen destinada por la empresa a compensar los gastos de locomoción de la persona trabajadora que se desplace durante su jornada laboral para realizar su trabajo, siempre que se justifique la realidad del desplazamiento, se fija en 0,26 € por kilómetro recorrido.

Con respecto a las cantidades satisfechas por la empresa a las personas trabajadoras para cubrir gastos de manutención tienen como límite los siguientes importes (si se abona una cantidad mayor, el exceso está sujeto a retención):

  • 53,34 € dieta con pernocta en España.

  • 26,67 € dieta sin pernocta en España.

  • 91,35 € dieta con pernocta en extranjero.

  • 48,08 € dieta sin pernocta en extranjero.

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