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BANCA
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AHORRO
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RURALES
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Firman
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CCOO
UGT CGT
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CCOO
CSICA
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CCOO
UGT- FITC
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Vigencia
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2007-2010
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2007-2010
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2007-2010
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Revisión
salarial
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2,75%,
con
cláusula de actualización de IPC a 1 de enero de
2008 (sin
cobro
de atrasos)
IPC
estimado
por el Gobierno, cláusula
de revisión al alza
por diferencias con IPC real con carácter retroactivo a 1
de Enero de cada año (con cobro de atrasos)
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IPC
estimado
por el Gobierno, cláusula
de revisión al alza
por diferencias con IPC real con carácter retroactivo a 1
de Enero de cada año (con cobro de atrasos)
NOTA:
IPC a Octubre 2007 = 3,6%
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IPC
estimado
por el Gobierno, cláusula
de revisión al alza
por diferencias con IPC real con carácter retroactivo a 1
de Enero de cada año (con cobro de atrasos)
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Incremento
salarial
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Plus
Convenio:
Parte
Lineal:
2007: 255
2008: 270
2009: 285
2010: 300
Parte
Proporcional: ¼
de paga
de Salario Base del Convenio en cada momento,
correspondiente al Nivel retributivo del empleado/a.
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Préstamos
Vivienda
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Plan
Pensiones
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Jornada
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Libranza
de tres
tardes de jueves
en Navidad y 1
día de libre disposición
Se
incluye en ACTA la
obligación
de las Cajas de negociar la aplicación de los posibles
horarios singulares,
evitando la discrecionalidad en esta materia que se había
producido en algunas cajas.
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Empleo
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Ayuda
de Estudios
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Ayuda
de Guardería:
2008: 750
2009: 800
2010: 850.
Ayuda
para la formación de hijos de empleados (general):
2008: 450
2009: 470
2010: 480.
Ayuda
para la formación de hijos de empleados (minusv):
2008: 3000
2009: 3100
2010: 3200.
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Guard.,
E.Inf., E.Prim., ESO 1º y 2º: 223,38.
ESO
3º y 4º, Bachill., FP medio: 335,09.
E.
Universitaria, FP superior:
446,79. Minusválidos:1116,97
(estas
cantidades se verán incrementadas en el Indice de Precios
al Consumo (IPC) correspondiente a 2007, 2008, 2009 y 2010
respectivamente).
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Conciliación
e Igualdad
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5
días por fallecimiento de hijo.
Permisos
sin sueldo: adopción en el extranjero y técnicas de
reproducción asistida.
Protección
mujer embarazada frente a traslados y movilidad.
Obligación
negociar con los sindicatos planes de igualdad entre hombres y
mujeres.
Medidas
de protección contra la violencia de género.
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Tres
días hábiles
en los casos de nacimiento
de hijos
y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves,
hospitalización o intervención quirúrgica
sin hospitalización que precise reposo domiciliario hasta
1er grado consanguinidad o afinidad.
Reducción
de jornada:
extensión del supuesto a quiénes tengan que
encargarse del cuidado de familiares sin que sea necesario la
convivencia en el mismo domicilio.
Permisos
no retribuidos: necesidades
familiares debidamente acreditadas,
hospitalización
o cuidados paliativos para parientes hasta primer grado de
consaguinidad o afinidad, finalizar estudios superiores o
doctorados.
Medidas
de protección contra la violencia de género.
Comisión
de Igualdad:
Estudio aplicación Ley Igualdad en Convenio,
establecimiento de recomendaciones y observatorio sectorial con
conclusiones antes de enero de 2009. En las Cajas, elaboración
y aplicación planes igualdad que deberán negociarse
colectivamente.
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Declaración
de voluntad de aplicación de la Ley de Conciliación,
en concreto lo relativo a permisos, suspensión por
maternidad/paternidad, permiso de lactancia, reducción de
jornada y
excedencias
que aparecen en dicha Ley o aquellas que puedan sustituirla en el
futuro.
Compromisos
en materia de igualdad
de género.
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