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MOVILIDAD GEOGRÁFICA

11 Diciembre 2017

SENTENCIAN A BANKIA POR UNA MOVILIDAD GEOGRÁFICA NO PACTADA


Este artículo se publicó originalmente en bmn (Sección Sindical Estatal Grupo BMN) ,


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Los tribunales dan la razón a CCOO-Bankia contra la movilidad geográfica no pactada de una trabajadora. Una sentencia judicial que ratifica lo que CCOO defiende:


  • La movilidad geográfica a más de 25 kilómetros tiene que estar acordad por las partes, empresa y la trabajadora o trabajador. No puede ser impuesta.
  • Se obliga a Bankia a abonar el kilometraje y las dietas correspondientes a casi dos años de una clara comisión de servicios no reconocida por la empresa en este tiempo.
  • Se reconoce el derecho de la persona afectada a disfrutar de 4 días de permiso por cada periodo de tres meses que ha permanecido desplazada.
  • La reconocida ahora comisión de servicio tiene el límite de un año, según estipula el Convenio Colectivo, y por ello ya ha sido reincorporada a su plaza de origen.

Cuando no se atiende a razones, se incumple la normativa y no se respetan los derechos de las trabajadoras y los trabajadores, CCOO recurre a los tribunales, como hemos hecho en más de un centenar de ocasiones, sólo en los dos últimos años.

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