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Conflictos de la era de la información
02 01 05 El banco entiende que los representantes de los trabajadores no tenemos derecho al uso de las herramientas informáticas para informar a nuestros representados. (PDF:Cat. / Cast.)
Conflictos de la era de la información
El banco considera que 77 correos electrónicos podrían acarrearle riesgosEn el mes de noviembre, un representante de los trabajadores de Galicia cometió un grave error: creyó que informar a los empleados y empleadas sobre sus actividades sindicales era su obligación y que hacerlo con un correo electrónico era la mejor forma de evitar problemas a su oficina. Este compañero, presionado como el resto de personal del banco por el volumen de trabajo, pensó, equivocadamente, que en lugar de ausentarse de la oficina e ir a visitar a los compañeros y compañeras de la zona para explicarles el contenido de una reunión sobre el convenio, era mejor seguir en su puesto de trabajo y enviar un correo a todas las agencias de la zona explicando los contenidos de la reunión. 15 días después, Relaciones Laborales le comunica la apertura de un expediente contradictorio en el que le acusan de incumplir la normativa del uso de las nuevas tecnologías de la Información, alegando que comunicar a sus representados las cuestiones relativas a su función como representante de los trabajadores era dar "un uso personal" al correo del banco y que enviar un correo a 77 destinatarios implicaba una utilización inadecuada que podía acarrear riesgos a la empresa. Todavía hoy, este compañero, cuya actividad como representante sindical es reciente, no puede entender ni asumir la reacción de la empresa. Él está convencido de haber actuado correctamente, tanto en el ámbito del trabajo bancario como en el sindical. Es evidente que informar a los trabajadores sobre temas que les afectan directamente es la función principal, legal y esperada de cualquier representante sindical y también es evidente que enviar un correo a 77 destinatarios internos del banco no puede colapsar ni crear riesgos a nuestros sistemas informáticos, porque de lo contrario, deberíamos preocuparnos seriamente respecto a las herramientas informáticas de este Grupo bancario. No obstante, esta empresa entiende que los representantes de los trabajadores no tenemos derecho al uso de las herramientas informáticas para informar a nuestros representados. Sin duda, consciente de que eso nos daría una capacidad de inmediatez en la información y de contacto con todos los empleados y empleadas del grupo, el banco no está dispuesto a aceptarlo.Las herramientas informáticas y su uso son propiedad del banco, las personas que trabajamos aquí NO Con esta información queremos recordar a todos los compañeros y compañeras que tienen la condición de representantes de los trabajadores y al resto de empleados de esta entidad, que todos y todas tenemos expresamente prohibido usar las herramientas de la empresa para fines que no sean estrictamente profesionales. El manual que regula esta cuestión está impugnado legalmente por esta Sección Sindical, pero aún no tenemos respuesta de la Inspección de Trabajo. Las herramientas informáticas y su uso son propiedad de la empresa, como lo son las mesas, sillas, armarios y todo lo demás, como suya es igualmente la potestad de despedir, sancionar, contratar, retribuir o gestionar bien o mal los recursos existentes. Sin embargo, lo que NO es propiedad de la empresa somos las personas que trabajamos aquí, ni tampoco es de su propiedad nuestro tiempo fuera de la jornada laboral. Por lo tanto, del mismo modo que la dirección de esta entidad, cuando le conviene (por ejemplo no le molestan los incumplimientos de normativa que provoca la presión laboral siempre que redunden en un beneficio para ella y no causen problemas) tiene muy claros los límites de lo que es normativo y lo que no lo es, y procede a sancionar sin preocuparle ni considerar las circunstancias, los motivos o cualquier otro tipo de razonamiento; todos y todas deberíamos recordar cuáles son nuestras obligaciones normativas y poner límites, también muy claros, a todo aquello que tiene que ver con comportamientos y/o dedicaciones que quedan fuera del ámbito estrictamente normativo y legal. De otro modo va a resultar que sí, que todo, incluso las personas, seremos propiedad de la empresa. Con todo y a pesar de todo seguiremos informando.
Sabadell, enero de 2005
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