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NEGOCIACIÓN EN LA CAJA: LAS AGUAS VUELVEN A SU CAUCE

El acuerdo sobre Equipos Volantes y Horarios singulares crea 150 nuevos puestos de trabajo

El día 2 suscribimos un acuerdo con la Dirección sobre las condiciones de las personas adscritas a Equipos Volantes en Madrid, así como condiciones y nuevos Horarios singulares en centros comerciales, estaciones y hospitales.


Este artículo se publicó originalmente en Caja Madrid (Sección Sindical Caja Madrid ) ,


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HORARIOS SINGULARES. Son situaciones excepcionales, delimitadas por Convenio, motivadas por necesidades organizativas de la empresa. Su puesta en práctica y modificaciones deben ser acordadas con los sindicatos. (En la web, detalle de las condiciones para hospitales, estaciones, aeropuertos y centros comerciales)
En centros comerciales, el acuerdo supone la unificación de los horarios en uno solo, a partir del 2 de noviembre (Lunes a Viernes de 10,30 a 19,45, y Sábados de 10,30 a 14 h.; con hora y media para comer; y libranza de 2 sábados y 2 lunes alternos, respectivamente); condiciones específicas para Directores y Subdirectores (categoría mínima, compensaciones...); para los comerciales, 3.300 € anuales, 5 días más de vacaciones y abono de comidas; cobertura de bajas y otras situaciones; adscripción voluntaria y compromiso de salida de este horario, a petición del empleado, tras una permanencia mínima de tres años.

EQUIPOS VOLANTES. La existencia de equipos volantes para cubrir incidencias es una reivindicación tradicional de CC.OO. Los avances en esta materia se deben a la insistencia sindical y a la persistencia de problemas estructurales en la Caja. Este acuerdo regula las condiciones de trabajo para estos equipos en la Comunidad de Madrid (denominados COL-coberturas on line), así como en el resto de zonas donde se vayan implantando (en el primer trimestre de 2005 se creará un equipo volante en Barcelona, con plantilla de la Caja). Las condiciones son:
- Incorporación voluntaria, con una permanencia mínima de dos años y medio, y garantía de salida de este horario en un máximo de 6 meses, a petición del interesado.
- Cada persona prestará sus servicios en las oficinas de un máximo de tres zonas limítrofes.
- A partir de 18 meses de prestación de servicios en la Caja, se percibirá un Complemento Funcional, revisable con el IPC anual, que asciende a 350 € mensuales, para quienes trabajan en Madrid capital; y a 380 € para quienes lo hagan en la periferia. Este Complemento se percibirá a partir de esta próxima nómina de julio.
- SVR y carrera profesional: la V2 estará integrada por la media de las V2 de las oficinas donde el empleado haya prestado sus servicios. Recursos Humanos realizará la V3, previo informe de los Directores de las oficinas.
- Quienes se incorporen al COL por nueva contratación tendrán las mismas condiciones, pudiendo salir del servicio en los mismos plazos, siempre que la Caja pueda cubrir la vacante. (Más información en la web)

CREACIÓN DE EMPLEO. El acuerdo suscrito lleva implícita la creación de 150 nuevos puestos de trabajo por parte de Caja Madrid. Aunque ello no resuelve el problema de plantilla que tenemos en la Caja, a nadie se escapa la importancia y efectos positivos de este compromiso, que supone la continuidad de una línea de trabajo estratégica de CC.OO., que ha favorecido la creación de miles de empleos en la Caja, a lo largo de los últimos años.

Y AHORA, LA CARRERA PROFESIONAL. El estancamiento de esta negociación había sembrado dudas sobre el rumbo de las relaciones laborales en la Caja. Con este acuerdo se impone la sensatez, regulando las condiciones de trabajo de forma pactada. El siguiente reto es la adaptación de la carrera profesional de la Caja al Convenio Colectivo. En esta negociación deberá mantenerse el equilibrio alcanzado en materia profesional en la Caja, incorporando nuevas situaciones y realidades. La primera reunión será el 14 de julio. Seguiremos informando.

Madrid, 5 de julio de 2004.

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