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Préstamos, aprovechemos el camino andado

Préstamos - CECA

Durante el pasado año 2007, especialmente después de la firma del Convenio Colectivo, y los dos primeros meses de 2008 los representantes de los trabajadores hicimos un gran esfuerzo para acercar posturas con respecto a los planteamientos de la Empresa en materia de préstamos.


Este artículo se publicó originalmente en CECABANK (Comfia CCOO en Cecabank) ,


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Ahora que se han reanudado las negociaciones es lógico partir del punto donde quedaron bloqueadas y rentabilizar el tiempo y los esfuerzos invertidos. Por ello, la sección sindical de CC.OO. ha planteado retomar la última propuesta de la Empresa y negociar los puntos en los que existen diferencias.

Desde el primer momento el principal escollo para este acuerdo fue la exigencia de la Empresa de incorporar, al texto del acuerdo, una cláusula sobre el nivel de endeudamiento que limitaría las cantidades de los préstamos a un porcentaje de los ingresos de los solicitantes.

Se puede llegar a entender esta necesidad (es una recomendación del Banco de España) pero nuestra obligación es garantizar que su aplicación no menoscabe los derechos de ningún trabajador de CECA.

En líneas generales los puntos más importantes en los que, por nuestra parte, haremos especial hincapié son:

1.-   Cantidades mínimas y plazos de amortización:

  • Hipotecario: 230.000,00 € - 40 años máximo, hasta cumplir los 70 años de edad.
  • Social: 31.000,00 € - 10 años.
  • Ampliación vivienda: 28.000,00 € - 15 años.

2.-   50% del límite de endeudamiento.

  • El texto del acuerdo debe especificar que el cálculo se realizará sobre ingresos brutos. No queremos dejarlo al arbitrio de la empresa.
  • En el cálculo de ese 50% se deben tener en cuenta los ingresos de todos los prestatarios sin condición alguna.

3.-  Tipo de interés de los préstamos hipotecarios. 

  • Rebajar el 70% que establece el convenio.
  • Cálculo de cuotas de modo que el TAE sea igual al interés pactado. El cálculo que se utiliza actualmente provoca que los intereses sean algo superiores al 0,70% del EURIBOR.

4.-  Novación del plazo de amortización de los préstamos de la cartera viva.

  • Las nuevas medidas económicas, permiten la novación del plazo de amortización a los préstamos con garantía hipotecaria para la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual, sin ningún gasto para los que lo soliciten. 
  • El plazo para poder realizar la novación en estas condiciones será hasta la fecha que se estipula legalmente.

5.-  Garantizar a todos los empleados las cantidades mínimas de convenio para los préstamos hipotecarios y sociales, sin tener en cuenta su límite de endeudamiento.

6.-  Ampliación del plazo para los préstamos sociales. El plazo de amortización de los préstamos sociales debe será 10 años (en el convenio es de 8 años).

7.-  Eliminar el avalista en los préstamos de ampliación de vivienda aunque el importe sea superior a 25.000 €.

8.-  Suprimir los seguros:

  • El seguro de amortización para el préstamo social y el de ampliación de vivienda.
  • El seguro de incendios para los préstamos hipotecarios.

9.-  La titularidad del préstamo deberá pertenecer a todos los prestatarios. En el caso de desavenencia entre prestatarios, hoy día, el responsable de hacer frente al préstamo es exclusivamente el trabajador o la trabajadora de CECA con los riesgos que ello conlleva.

10.-  Condiciones especiales en los casos de divorcio/separación legal.

11.-  Recoger las condiciones para préstamos puentes o pólizas de crédito para la compra de viviendas en construcción.

12.-  Condiciones de la Disposición Adicional II.

  • Equiparar el plazo de amortización de los préstamos hipotecarios con los de convenio.
  • Equiparar el límite de endeudamiento al 50%, actualmente está en el 40%.
  • Incorporar las condiciones de estos préstamos al acuerdo para evitar la modificación unilateral por parte de la empresa.

Difícilmente podremos alcanzar un acuerdo si no se tratan con rigurosidad todos y cada uno de estos puntos.

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