Pagas voluntarias: sentencia desfavorable de la Audiencia Nacional
Hemos conocido la sentencia de la Audiencia Nacional por el Conflicto Colectivo presentado por la Caja.
La sentencia no considera discriminatoria la cláusula del Pacto del año 86 que determina que l@s emplead@s entrad@s a partir del año 87 no tienen derecho a cobrar las dos pagas conocidas como voluntarias y, por tanto, da la razón a la Caja.
Es una sentencia extensa, que requerirá una lectura más pausada para poder valorar su alcance.
En primera instancia constataríamos que, a partir de hechos y argumentos similares a los utilizados por los Juzgados de Mataró, llegan a conclusiones totalmente contrarias.
A pesar de esta sentencia, desde CC.OO. continuamos creyendo en la justicia de nuestras reivindicaciones y, por tanto, seguiremos los pasos que la legislación nos permite para conseguir una interpretación más acorde con nuestras peticiones.
Queda todavía pendiente la vista del Conflicto Colectivo que presentamos CC.OO. haciendo más énfasis en la inconstitucionalidad de la cláusula del pacto. Se verá el próximo 7 de marzo.
También que abierta la posibilidad de recurrir, ante el Tribunal Supremo, la sentencia que ahora se ha producido.
Cuando tengamos opinión más formada sobre el contenido de la actual sentencia y se concrete el camino que acabaremos siguiendo, os continuaremos informando.
Mataró, 24 de enero del 2007
Estatuto de los Trabajadores (actualizado 11-5-2021)
Modelo de carta de Baja Voluntaria en la empresa
Convenio Colectivo de Hostelería de las Illes Balears
Firma del nuevo convenio de Oficinas y Despachos de la Comunidad de Madrid
Convenio Colectivo Estatal de Acción e Intervención Social
Convenio colectivo del Sector de Comercio Vario de la Comunidad de Madrid