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Ley Orgánica de Igualdad efectiva entre Mujeres y Hombres
nuevo permiso de paternidad
Publicación en el B.O.E. de 23 de marzo de la Ley de Igualdad efectiva entre Hombres y Mujeres
La pasada semana tuvo lugar la aprobación en el Congreso de la LEY ORGÁNICA 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. CC.OO. ha participado activamente con propuestas tanto en los inicios como en toda su tramitación que han supuesto una mejora fundamental de la norma, que da un paso fundamental en el logro de un marco normativo que garantice de forma efectiva los derechos constitucionales de igualdad y no discriminación por razón de sexo.
Desde Comfia CC.OO. el Monte siempre hemos hecho una apuesta clara en materia de Igualdad y Conciliación y buena muestra de ello es que la Ley que ahora entra en vigor reclama a las Empresas la puesta en marcha de Planes de Igualdad, medida que ya se recogía en el Acuerdo de Condiciones de Trabajo existente en el Monte desde febrero de 2002, acuerdo que se ha visto mejorado en el Acuerdo Laboral de Fusión de la futura Cajasol.
La única mejora significativa sobre el ALF que establece esta Ley es el establecimiento de 13 días (ampliables en el supuesto de parto, adopción o acogimiento múltiples en 2 días más por cada hijo o hija a partir del segundo) de suspensión de contrato por paternidad a disfrutar desde la finalización del permiso por nacimiento de hijo (2 días o 4 si existe desplazamiento), hasta que finalice la suspensión del contrato por maternidad/paternidad o inmediatamente después de la finalización de dicho permiso.
Este permiso es de uso exclusivo del padre y es independiente del disfrute compartido de la baja por maternidad/paternidad.
Las mejoras introducidas en materia de maternidad y el reconocimiento de la suspensión del contrato por paternidad de 13 días, son de aplicación inmediata a todos los nacimientos, adopciones o acogimientos producidos a partir de su entrada en vigor a las 00 h. del pasado sábado 24 de Marzo.
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