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Convenio Colectivo
TELETRABAJO. Su regulación
El 11 de noviembre, en la mesa de negociación del 18º Convenio Colectivo Estatal, las patronales AEC y ANIMES nos han dicho que no quieren un Acuerdo Marco Sectorial sobre Trabajo a distancia y Teletrabajo.
El Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia, en su Disposición transitoria tercera. Trabajo a distancia como medida de contención sanitaria derivada de la COVID-19.:
“… En todo caso, las empresas estarán obligadas a dotar de los medios, equipos, herramientas y consumibles que exige el desarrollo del trabajo a distancia, así como al mantenimiento que resulte necesario.
En su caso, la negociación colectiva establecerá la forma de compensación de los gastos derivados para la persona trabajadora de esta forma de trabajo a distancia, si existieran y no hubieran sido ya compensados.”
+ informacion en: Federacion Servicios CCOO

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Tomadura de pelo
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales