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Ayuda a para estudios
Recuerda que ya puedes solicitar la ayuda para estudios.
9.2. Ayudas de guarderías y estudios para descendientes de los empleados: Se establece una ayuda para guardería de los hijos de los empleados, con edad no superior a 3 años, de 363 euros por hijo y año, para el 2008 y 2009, actualizándose esta cantidad en los ejercicios económicos posteriores según el IPC real que corresponda. Para estudios de hijos de los empleados, con edad no superior a 16 años, se establece una ayuda, de 550 euros por hijo y año, para el 2008 y 2009, actualizándose esta cantidad en los ejercicios económicos posteriores según el IPC real que corresponda. Para tener derecho a estas ayudas, los empleados ingresados antes del 31 de diciembre de 2008 deberán contar con una antigüedad mínima en la empresa de un año y aquellos incorporados con posterioridad a dicha fecha su antigüedad en la empresa deberá ser de dos años. La retribución bruta fija anual del empleado, en todos los casos, deberá ser igual o inferior a 34.000 euros. En el caso de descendientes comunes a dos empleados, sólo uno de ellos podrá optar a la ayuda establecida. Tales subvenciones se abonarán de una sola vez, previa presentación por parte del empleado de la justificación o acreditación correspondiente del centro de estudios o guardería, en el plazo de dos meses a contar desde la presentación de los justificantes.
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