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AUMENTO EN LA EXENCIÓN FISCAL DE LA SUBVENCIÓN DE COMIDA
Hasta ahora, según el reglamento de IRPF, aquella cantidad que sobre pasaba los 9 euros, quedaba exenta de tributación. A fecha 29 de diciembre del 2017, el Gobierno aprueba el Real Decreto 1074/2017, donde se eleva la cantidad exenta de tributación de 9 a 11euros, siendo el importe que este año se da de subvención de comida por parte de la empresa (tal y como indica el artículo 41 del Convenio Colectivo (2016-2019), la compensación de comida por jornada partida, equivaldrá en el año 2018 a 11euros)
Por ello, durante el año 2018 los trabajadores y trabajadoras de Caser que realicen jornada partida y se les abone la subvención de comida, en cheques, están exentos de tributación.
Adjuntamos enlace al BOE para ver la información completa.
Estatuto de los Trabajadores (actualizado 11-5-2021)
Modelo de carta de Baja Voluntaria en la empresa
Convenio Colectivo de Hostelería de las Illes Balears
Firma del nuevo convenio de Oficinas y Despachos de la Comunidad de Madrid
Convenio Colectivo Estatal de Acción e Intervención Social
Convenio colectivo del Sector de Comercio Vario de la Comunidad de Madrid