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AUMENTO EN LA EXENCIÓN FISCAL DE LA SUBVENCIÓN DE COMIDA
Hasta ahora, según el reglamento de IRPF, aquella cantidad que sobre pasaba los 9 euros, quedaba exenta de tributación. A fecha 29 de diciembre del 2017, el Gobierno aprueba el Real Decreto 1074/2017, donde se eleva la cantidad exenta de tributación de 9 a 11euros, siendo el importe que este año se da de subvención de comida por parte de la empresa (tal y como indica el artículo 41 del Convenio Colectivo (2016-2019), la compensación de comida por jornada partida, equivaldrá en el año 2018 a 11euros)
Por ello, durante el año 2018 los trabajadores y trabajadoras de Caser que realicen jornada partida y se les abone la subvención de comida, en cheques, están exentos de tributación.
Adjuntamos enlace al BOE para ver la información completa.
Modelo de carta de Baja Voluntaria en la empresa
Estatuto de los Trabajadores (actualizado 11-5-2021)
Firma del nuevo convenio de Oficinas y Despachos de la Comunidad de Madrid
Calendario Laboral 2025. Publicado en el BOE
Convenio Colectivo Estatal de Acción e Intervención Social
Convenio Colectivo de Hostelería de las Illes Balears