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Publicado en el BOE el II Convenio Colectivo Estatal de Contact-Center
El presente Convenio es de aplicación obligatoria en todo el territorio del Estado Español. La aplicación de este Convenio será obligatoria para todas las empresas y para todo el personal de las mismas cuya actividad sea la prestación de servicios de contact center a terceros. Con fecha de hoy se publica en el Boletín Oficial del Estado
Modelo de carta de Baja Voluntaria en la empresa
Convenio Colectivo Oficinas y Despachos Pontevedra 2009-2012
Firma del nuevo convenio de Oficinas y Despachos de la Comunidad de Madrid
LEY ORGANICA 11/1985 DE LIBERTAD SINDICAL (LOLS)
¿Es obligatoria la revisión salarial con aplicación del IPC?
Convenio Colectivo Estatal de Acción e Intervención Social