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Conozca la nueva normativa para la jubilación de empleados a tiempo parcial

ABC. - El Congreso de los Diputados ha aprobado la ley de protección de los trabajadores a tiempo parcial que flexibiliza el requisito de acreditar el equivalente a 15 años trabajados a jornada completa, lo que implicaba cotizar durante muchos más años a jornada parcial para cumplirlo. Esta ley corrije el modelo para acreditar los periodos de cotización de los trabajadores a tiempo parcial para acceder a las diferentes prestaciones del sistema de Seguridad Social conforme a las sentencias dictadas por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Constitucional.


Este artículo se publicó originalmente en LA RIOJA (Servicios CCOO La Rioja) ,


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La nueva regulación mejorará las prestaciones de más de 2,5 millones de personas, sobre todo mujeres, según ha subrayado la ministra de Empleo y Seguridad Social.

La ley recoge que el periodo mínimo de cotización exigido se ajustará al coeficiente de parcialidad que acrediten a lo largo de toda la vida laboral estos trabajadores, y que figura en el fichero general de afiliación. Este coeficiente se corresponde al porcentaje de parcialidad de la jornada con respecto a la de tiempo completo.

Por ejemplo, si un trabajador tuviera un coeficiente de parcialidad del 50% (su jornada laboral fuera la mitad de la completa) el periodo mínimo de cotización que tendría que acreditar para la jubilación no serían 15 años sino 7,5 años, según Empleo.

A esta base reguladora se le aplica un tanto por ciento en función de los años cotizados que dará como resultado la cuantía de la pensión. Se partirá del periodo mínimo de cotización del trabajador, al que se le aplicará un 50% sobre su base reguladora. A partir de ese periodo mínimo, todo el tiempo que lo supere incrementará ese porcentaje en función de la escala general de la jubilación ordinaria.

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