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La participación de los trabajadores en las decisiones de las empresas

Blog CCOO en Redes. - Artículo de Francisco González Moreno, Secretaría confederal de Acción Sindical y Políticas Sectoriales de CCOO en Boletín de Acción Sindical CCOO. Todos queremos más Europa, pero esta Europa no puede tener dos velocidades, ni puede generar aun más diferencias entre países ricos y pobres.


Este artículo se publicó originalmente en LA RIOJA (Servicios CCOO La Rioja) ,


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El pasado 13 de noviembre se celebró en Bruselas la reunión del Comité de Coordinación del Grupo de Participación de los Trabajadores de la CES. En ella se trató sobre la posible revisión de la Directiva marco sobre los derechos de información y consulta 14/2002 y la presentación del proyecto elaborado por la CES para fijar y mejorar los estándares sobre la participación de los representantes de los trabajadores en los consejos de administración de las empresas.


Con respecto al primero de ellos, desde la Comisión Europea se ha informado sobre un estudio de las Directivas que hacen referencia a los derechos de información y consulta con el ánimo de refundirlas en una sola y así unificar criterios, por lo que cabe la posibilidad de que en breve se lance la consulta a los agentes sociales para intentar aprobar esta revisión en el primer semestre del año que viene.


El estudio, según la propia Comisión, no se hace con la intención de limitar derechos sino desde una óptica de reducción de costes. Sin embargo, la CES tiene la certeza de que existe una estrategia por parte de la Comisión Europea para reducir estos derechos, por lo que ha expresado firmemente que no permitirá cercenar derechos de participación de los trabajadores en la gestión de las decisiones de las empresas, máxime cuando ya existía un compromiso firme por parte de la Comisión de que estos derechos no iban a ser modificados, y que propondrá las acciones que sean necesarias tanto ante la Comisión como ante los respectivos Gobiernos para evitarlo.


El segundo punto tratado fue la presentación del informe por parte de la CES sobre el proyecto “Setting European Standard in Workers Involvement” (Fijando normas mínimas en la participación de los trabajadores en las empresas). El informe tiene como objetivo buscar los elementos comunes que deberían tener las legislaciones nacionales sobre la participación de los trabajadores en los consejos de las empresas, con el ánimo de mejorar los derechos de información y consulta y consiguientemente consolidar la negociación colectiva a través del ejercicio de estos derechos.


Como resultado final del proyecto se presentarontrespropuestasconlafinalidadde que el comité de coordinación eligiera una de ellas para elevar al Comité Ejecutivo de la CES de cara a su aprobación y posterior presentación como propuesta sindical de los estándares de participación que debieran recogerse en una futura Directiva.


Las tres propuestas fueron:


a) Que estos derechos de participación de los trabajadores en los consejos de administración se hicieran extensivos solo a las empresas que estuvieran constituidas como Sociedades Anónimas Europeas.


b) Que adicionalmente estos derechos fueran extensivos a aquellas empresas que estuvieran en proceso de fusión o absorción con las anteriores.

c) Que estos derechos se hicieran extensivos también a todas las compañías con comités de empresa europeos constituidos.

Los sindicatos de los países Nórdicos y la DGB Alemana apoyaban las opciones A y B mientras que el resto de los sindicatos apoyábamos la C, especialmente los sindicatos de los países que acaban de incorporarse a la Unión Europea, al entender que el numero de comités de empresa europeos constituidos es muchísimo mayor que el de sociedades anónimas europeas, que en este momento es de aproximadamente 250, de las cuales más de la mitad están instaladas en Alemania. Es decir que la posible aplicación de una nueva Directiva sobre participación en las decisiones de las empresas solo sería aplicable a ese país y unos pocos casos aislados más.

Para desbloquear la situación, desde el Comité de Coordinación se hizo una nueva propuesta de consenso, en la que se recogía una refundición de las tres opciones. Esta última propuesta fue la que contó con un mayor apoyo pero no pudo ser aprobada por no alcanzarse el consenso suficiente.


Las discrepancias vienen motivadas en que, aunque hay pocas empresas que estén constituidas como Sociedades Anónimas Europeas, en estas la representación se hace a través del sindicato, mientras que en el ámbito de los comités de empresa europeos, son representantes de los trabajadores elegidos en las empresas, pero en muchos casos sin adscripción a ningún sindicato. Este dato no es relevante en el caso español, ya que los representantes son en su mayoría miembros de los sindicatos mayoritarios, pero sin embargo esta situación es muy diferente en muchos países europeos.


Se decidió seguir trabajando en propuestas de consenso y elaborar un informe sobre los puntos de encuentro para que puedan ser discutidos en la próxima reunión de diciembre del Comité Ejecutivo de la CES, siendo el objetivo mantener o mejorar los derechos de información y consulta en donde ya estén consolidados e intentar implantar y extender estos derechos allá donde hoy son irrelevantes o prácticamente inexistentes, como es el caso de la mayoría de los países de nueva integración en la Unión Europea

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