Archivado en

AUDIENCIA NACIONAL
LA ULTRAACTIVIDAD SIGUE SIENDO VÁLIDA
La Audiencia Nacional, en sentencia del pasado 23 de julio, ha considerado válidas las clausulas sobre vigencia de la ultraactividad de los convenios anteriores a la ley 3/2012.
Como sabéis, es a esta ley a la que se aferraba la patronal para defender que el Convenio TIC perdía validez una vez transcurrido un año desde la aplicación de dicha ley.
La sentencia de la Audiencia Nacional refuerza la posición de la Organización Internacional del Trabajo y de CCOO en cuanto a que debe prevalecer la negociación entre empresarios y trabajadores sobre cualquier otro tipo de consideraciones normativas.
Aunque la sentencia se refiere a un convenio distinto al nuestro, y no aplica automáticamente a todos los convenios, confirma la posición de la Agrupación TIC de CCOO en cuanto a la vigencia de nuestro convenio, y en contra de lo que la patronal AEC y las principales empresas del sector han manifestado hasta ahora.
Si alguna empresa decide unilateralmente descolgarse de nuestro convenio, la sentencia de la Audiencia Nacional refuerza los argumentos sobre los que basaríamos las demandas que interpondríamos de forma inmediata.
En cualquier caso, no debemos bajar la guardia. Las negociaciones con la patronal AEC siguen abiertas, y de momento no han contestado a las propuestas que hemos entregado conjuntamente con UGT, salvo en lo que respecta a la clasificación profesional.
Desde CCOO continuaremos presionando en todos los frentes para conseguir un convenio TIC con avances sustanciales frente al actual.
Os adjuntamos la nota de prensa que CCOO ha publicado referente a la sentencia mencionada, y nos ponemos como siempre a vuestra disposición para atender a cualquier duda o sugerencia que tengáis al respecto.
La sentencia de la Audiencia Nacional refuerza la posición de la Organización Internacional del Trabajo y de CCOO en cuanto a que debe prevalecer la negociación entre empresarios y trabajadores sobre cualquier otro tipo de consideraciones normativas.
Aunque la sentencia se refiere a un convenio distinto al nuestro, y no aplica automáticamente a todos los convenios, confirma la posición de la Agrupación TIC de CCOO en cuanto a la vigencia de nuestro convenio, y en contra de lo que la patronal AEC y las principales empresas del sector han manifestado hasta ahora.
Si alguna empresa decide unilateralmente descolgarse de nuestro convenio, la sentencia de la Audiencia Nacional refuerza los argumentos sobre los que basaríamos las demandas que interpondríamos de forma inmediata.
En cualquier caso, no debemos bajar la guardia. Las negociaciones con la patronal AEC siguen abiertas, y de momento no han contestado a las propuestas que hemos entregado conjuntamente con UGT, salvo en lo que respecta a la clasificación profesional.
Desde CCOO continuaremos presionando en todos los frentes para conseguir un convenio TIC con avances sustanciales frente al actual.
Os adjuntamos la nota de prensa que CCOO ha publicado referente a la sentencia mencionada, y nos ponemos como siempre a vuestra disposición para atender a cualquier duda o sugerencia que tengáis al respecto.
Artículos más leídos hoy
Estatuto de los Trabajadores (actualizado 11-5-2021)
Modelo de carta de Baja Voluntaria en la empresa
Convenio Colectivo de Hostelería de las Illes Balears
Firma del nuevo convenio de Oficinas y Despachos de la Comunidad de Madrid
Convenio Colectivo Estatal de Acción e Intervención Social
Convenio colectivo del Sector de Comercio Vario de la Comunidad de Madrid