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Miles de trabajadores/as pasan de Indra BMB a Indra BMB Servicios Digitales

Si bien Indra está respetando las condiciones laborales de los trabajadores/as que pasaron a Indra BMB Servicios Digitales, tras la fusión por absorción de Indra BMB. CCOO ha interpuesto una demanda de tutela de los derechos sindicales de los trabajadores, al no reconocer Indra los comités de empresa constituidos en los centros afectados.

 

 


Este artículo se publicó originalmente en Indra (Sección Sindical de CCOO en Indra) ,


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En julio del 2012 se comunicó a la mayoría de los trabajadores que prestaban sus servicios en Indra BMB que ésta empresa iba a ser absorbida por Indra BMB Servicios Digitales en noviembre de ese año. Ya entonces, desde CCOO se envió un comunicado a las personas afectadas informando de los derechos que les asistían en ese proceso.

En este tipo de procesos deben mantenerse todas las condiciones laborales de las personas afectadas por la absorción empresarial  (horarios, calendario laboral, dietas, etc.), por lo que los trabajadores que se integran en Indra BMB S.D. provenientes de Indra BMB deben mantener las mismas condiciones laborales de las que disfrutaban antes de producirse la absorción.

Aunque el convenio de aplicación en Indra BMB S.D. es el de Planificación y Consultoría (TIC), los trabajadores provenientes de Indra BMB seguirán regidos por el convenio de aplicación en Indra BMB (Oficinas y Despachos) a título personal, hasta que no se renueve el Convenio TIC. Hasta ese momento, la empresa debe mantener las categorías profesionales y la estructura salarial  que correspondía a cada trabajador según el convenio de Oficinas y Despachos. Si se renueva el Convenio TIC,  la empresa cambiaría las categorías profesionales para adaptarlas a las del Convenio TIC, pero se deben seguir manteniendo a título individual las condiciones laborales de que disfrutaban en BMB. En ningún caso el proceso de absorción empresarial puede suponer una bajada salarial o de condiciones laborales para los trabajadores afectados.

Sin embargo, en el momento de producirse la absorción en noviembre, la dirección comunicó a todos los representantes legales de los trabajadores de los centros afectados que dejaban de reconocer a los comités de empresa constituidos en esos centros.  CCOO ha interpuesto una demanda de tutela de los derechos sindicales contra esta decisión, ya que la empresa está obligada en los procesos de absorción empresarial  a respetar los comités de empresa constituidos en la empresa absorbida, si la empresa absorbente no tiene comités de empresa ya funcionando en esos centros de trabajo.

Los delegados de CCOO afectados siguen trabajando en verificar que el proceso de absorción se realiza sin afectar a los derechos de los trabajadores, aunque en estos momentos no dispongan de horas sindicales. A pesar de los intentos de la dirección de desactivar los comités de empresa justo en este momento, desde CCOO seguimos atentos el proceso y denunciaremos cualquier incumplimiento legal que afecte negativamente a las personas afectadas. Estamos a vuestra disposición en nuestro buzón de correo ccooindra@comfia.ccoo.es para atender cualquier consulta al respecto.

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