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COMUNICADO Konecta Güeñes, 21 de marzo de 2012

MEDIDAS DE SEGURIDAD


Parece evidente que la salud de las personas no va a ser obstáculo para conseguir el lucro que Konecta se ha propuesto obtener en la plataforma de Güeñes


Este artículo se publicó originalmente en Grupo Konecta (CCOO en Grupo Konecta) ,


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MEDIDAS DE SEGURIDAD

 Parece evidente que la salud de las personas no va a ser obstáculo para conseguir el lucro que Konecta se ha propuesto obtener en la plataforma de Güeñes. Desde los despidos del día 1 se ha extendido entre la plantilla un clima de preocupación que probablemente esté llevando a algunos/as de nosotros/as a no hacer uso de un derecho elemental como es el de no trabajar enfermo/a. Además, la campaña puesta en marcha el 8 de marzo, incentivando económicamente la renuncia a este derecho durante el embarazo mediante el cheque-bebé, no solo es éticamente rechazable, sino una nueva prueba del concepto que tiene Konecta tanto de las personas en situación de incapacidad temporal como de los médicos que lo hacen posible. Por consiguiente, hemos denunciado dicha campaña ante Emakunde y la Defensoría de la Igualdad. CCOO y su sección sindical en Konecta no vamos a permanecer pasivos frente a la ofensiva de criminalización contra las personas de baja o en paro que se viene desarrollando desde diversos ámbitos, y que la dirección de Konecta ha abrazado con entusiasmo.

Por otra parte, queremos recordar a toda la plantilla que no pueden tenerse en cuenta a efecto de aplicar el artículo del despido por absentismo, las ausencias debidas a “…huelga legal por el tiempo de duración de la misma, el ejercicio de actividades de representación legal de los trabajadores, accidente de trabajo, maternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia, enfermedades causadas por embarazo, parto o lactancia, paternidad, licencias y vacaciones, enfermedad o accidente no laboral cuando la baja haya sido acordada por los servicios sanitarios oficiales y tenga una duración de más de veinte días consecutivos, ni las motivadas por la situación física o psicológica derivada de violencia de género,…” Sin embargo, en varios de los despidos del día 1 se han utilizado accidentes de trabajo para “redondear” el número de jornadas necesarias para poder llevarlos a cabo. Y esto es así porque estas bajas no fueron tramitadas correctamente, sino calificadas como “enfermedad común”.

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales dice: “Se considerarán como daños derivados del trabajo las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo.” En algunos casos es evidente que la dolencia es de origen laboral, pero en otros no tanto. Por consiguiente, y dada la brutal política laboral que Konecta parece decidida a llevar a cabo, es imprescindible para nuestra seguridad que ante cualquier posible situación de incapacidad temporal derivada del trabajo, tanto por accidente como por enfermedad, nos dirijamos a la mutua y no a Osakidetza. Para ello necesitamos que la empresa nos facilite un “parte de accidente”, lo que en algunos casos se está negado a hacer. Si os encontraseis en esta situación, debéis acudir al médico habitual y a continuación poneros en contacto con cualquier delegada de CCOO para denunciar ante Inspección de Trabajo el incumplimiento empresarial y pedir el “cambio de contingencia” ante la mutua. Recordad que os va el puesto de trabajo en ello. Además, aunque está reconocida como enfermedad profesional en los/as teleoperadores/as los nódulos en las cuerdas vocales y no la simple afonía, es evidente que esta es debida al sobreesfuerzo en el trabajo. La Ley General de la Seguridad Social establece que “…son constitutivas de accidente de trabajo las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y en el lugar de trabajo”, por lo que también en estos casos recomendamos acudir a la mutua.

También es importante recordar que estos despidos se han producido como consecuencia de la reforma laboral, contra la cual hay convocada una Huelga General para el próximo jueves 29 de marzo. Protestar contra los despidos es necesario pero no suficiente, también hay que hacerlo contra la ley que los permite. Es imprescindible que también el día 29 la plantilla de Konecta de una respuesta clara y contundente.

Güeñes, 21 de marzo de 2012

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