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INDEFENSIÓN ANTE LA REFORMA LABORAL

Menos Indemnizaciones en los despidos con los viejos contratos

La reforma laboral que ha entrado en vigor, el día 10 de febrero,  publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) aprobada por un decreto ley por parte del Gobierno del PP, nos afecta a todas y todos los trabajadores. 


Este artículo se publicó originalmente en santander (Sección Sindical Banco Santander) ,


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La reforma laboral nos afecta a todas y todos. Te afecta a tí.

El Gobierno a través de las medidas de flexibilidad interna pretende corregir la dualidad del mercado de trabajo dejando desprotegidos a los trabajadores y a las trabajadoras, frente al poder discrecional del empresario, precarizando el empleo:

  • Amplía las posibilidades de movilidad geográfica.

  • Facilita al empresario la posibilidad de modificar unilateralmente jornada, horarios, salarios y sistemas de rendimiento, entre otras condiciones sustanciales de trabajo.

  • Permite sin autorización administrativa suspender o reducir temporalmente la jornada de trabajo.

Es decir, las Empresas desde ahora, podrían rebajar el sueldo a la plantilla con sueldos por encima de los mínimos de convenio de su categoría. Alegando razones de competitividad para pagar menos; la "cuantía salarial" "por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción" podrá ser modificada a su antojo. Así estarán en disposición de ahorrar costes o bajar el sueldo a las personas que entiendan que están rindiendo poco. Tendrán que notificarlo, ésto u otra modificación de las condiciones de trabajo, con antelación de 15 días. Aceptando o conformándose, el trabajador o trabajadora, con el despido procedente.

En el artículo 52, letra d, del Estatuto de los Trabajadores se establece que nos podrían despedir por faltas justificadas superiores al 20% en dos meses o al 25% en cuatro meses.

Sin embargo, con el nuevo texto de la reforma laboral, el trabajador debe acudir al trabajo 45 jornadas aproximadamente, por lo que este 20% de faltas justificadas no podrían superar los 9 días. Esto entra en conflicto con la Carta Magna(derecho a la protección de salud –Art.43.1). Esta situación es inconstitucional.



La reforma laboral aprobada por el Gobierno abarata y facilita el despido, refuerza el poder empresarial :

Si su contrato recogía una indemnización máxima de 45 días por año trabajado, esa será su compensación, pero contando solo hasta ayer. A partir de ahora, los años que sigamos trabajando nos acumularán indemnización de 33 días.

Dependiendo del tipo de despido la situación también dependerá: si el despido es procedente, la empresa se acoge a causas económicas, organizativas o de producción; la indemnización será de 20 días por año trabajado con un tope de 12 mensualidades.

Si el despido es improcedente, la indemnización será de 45 días por año (un máximo de 42 mensualidades) por los años trabajados hasta hoy y a partir de mañana acumulará 33 días por año trabajado con tope de 24 meses.

 




Las empresas que quieran realizar un Expediente de Regulación de Empleo (ERE), podría acogerse a pagar la indemnización mínima (20 días por año trabajado con un máximo de un año) no necesitarán que la Autoridad Laboral lo autorice.

Si la empresa alega una de las causas establecidas para lograrlo podrá solicitar el ERE. Si existe conflicto con los/as trabajadores/as, solo un juez podrá parar el expediente. Afectactando así, gravemente a la negociación colectiva, contemplando la inaplicación de los convenios a través del arbitraje obligatorio y poniendo fin a la ultraactividad de los convenios colectivos a los dos años de la terminación de su vigencia inicial.

Al ampliar los casos en los que la empresa pagará la indemnización por despido procedente, la más baja (20 días por año trabajado y un tope de 12 mensualidades). Las empresas podrán hacer despidos colectivos no solo si ya están en pérdidas, sino que si hubiera "pérdidas actuales o previstas" o "disminución de ventas durante tres trimestres consecutivos".



19 y 29 de febrero contra la Reforma Laboral

  ¡¡¡¡ MOVILÍZATE!!!!!                
                                                                                        


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