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El Sindicato urge al Gobierno a legislar sobre ciberderechos
El Constitucional admite a trámite el recurso de Comfia-CC.OO. sobre la utilización sindical del correo electrónico
Saludamos la decisión tomada por el Tribunal Constitucional de admitir el recurso y manifestamos la necesidad de avanzar en una regulación de los ciberderechos, por lo que instamos al Gobierno de la Nación a que de forma urgente remita al parlamento la ley que regule la utilización de los medios telemáticos en las relaciones laborales como ya se está haciendo en algunos convenios colectivos.
Con fecha 10/2/2005 el Tribunal
Constitucional ha resuelto admitir a trámite el recurso de amparo que desde
COMFIA-CCOO se presentó en referencia a la utilización del correo electrónico en
sus comunicaciones con los trabajadores de BBVA. Dicho recurso se produjo tras
haberse dictado sentencias de signo contradictorio por parte de la Audiencia
Nacional (06/02/2001) y el Tribunal Supremo (26/11/2001).
En su sentencia la Audiencia Nacional reconocía "
el derecho del Sindicato
accionante y de sus Secciones Sindicales en las Empresas del Grupo BBVA,
demandadas en estos autos, a transmitir noticias de interés sindical a sus
afiliados y a los trabajadores en general a través del correo electrónico
" al
tiempo que reconoce "
la necesidad de ordenar, bien por Convenio Colectivo,
Acuerdo de Empresa, "ratione materiae" o norma de la jerarquía legal que
corresponda, el derecho de los Sindicatos y trabajadores a la utilización de la
Red de la Empresa por correo electrónico para transmitir información sindical
".
Por su parte el Tribunal Supremo desestimó la demanda de COMFIA-CC.OO.
argumentando que "
no existe pacto ni individual ni colectivo, ni manifestación
unilateral con la empleadora, que haya otorgado el derecho al sindicato a
utilizar tal herramienta de trabajo de la demandada". Asimismo, el documento
señala que, además, "
no hay norma jurídica alguna que conceda al sindicato el
derecho a utilizar los medios informáticos del banco para realizar la
comunicación con sus afiliados y con las secciones sindicales".
Desde COMFIA-CC.OO. se planteó recurso ante el Tribunal Constitucional por
entender que en esta última sentencia no se habían tenido en cuenta por parte de
la Sala tanto derechos constitucionales, que están regulados en los artículos
18, 20 y 28 de nuestra Carta Magna, como los recogidos en la Ley Orgánica de
Libertad Sindical y el propio Código Civil, dejando desamparado al demandante.
A juicio de COMFIA-CC.OO., la sentencia objeto de recurso incurre además en una
contradicción flagrante, al reconocer como hecho probado que los mensajes de
correo electrónico son remitidos desde el servidor del Sindicato y, en el punto
2 del Fundamento de Derecho 1, que el Sindicato tiene "derecho a transmitir a
sus expensas y por sus propios medios" para más tarde fundamentar su fallo en
que no es la empresa quién debe facilitar los medios materiales para llevar a
cabo el derecho de información previsto en la Ley Orgánica de Libertad Sindical
(1985) cosa que no sucede en el caso juzgado.
Desde el Sindicato saludamos la decisión tomada por el Tribunal Constitucional
de admitir el recurso y manifestamos la necesidad de avanzar en una regulación
de los ciberderechos, por lo que instamos al Gobierno de la Nación a que de
forma urgente remita al parlamento la ley que regule la utilización de los
medios telemáticos en las relaciones laborales como ya se está haciendo en
algunos convenios colectivos.
"En la pasada legislatura, los Grupos Parlamentarios que hoy apoyan la acción de
Gobierno, incluido el PSOE, instaron al entonces Gobierno del Partido Popular
una legislación en esta materia por lo que pensamos que nuestra petición será
atendida" afirma un portavoz de COMFIA-CC.OO..