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Mediación: Revisión salarial 2010

La Comisión Mixta Estatal de Mediación Aplica la cláusula de revisión al salario del 2010

La Comisión Mixta del Convenio Estatal de mediación celebrada el 25 de enero, procede a la aplicación de la revisión salarial recogida en su Art.42


Este artículo se publicó originalmente en Seguros (Sector de Seguros (Cias y MATEPSS, Mediación y Servicios de Prevención)) ,


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Reunida la Comisión Mixta del Convenio Estatal de Mediación de Seguros Privados celebrada el 25 de enero de 2011, se ha procedido a la aplicación de la revisión salarial recogida en su Artículo 42.

 Con tal motivo, una vez  constatado por el INE que el IPC del año 2.010 fue del 3% y que la subida provisional de las tablas salariales 2.010 fue de un 1%,  la tabla salarial de 2.010 revisada se incrementa en un 3% respecto la tabla salarial revisada de 2.009.

Estas diferencias del año 2010 respecto la tabla provisional y la tabla definitiva se abonarán en un plazo máximo de tres meses, a partir de la fecha de publicación de dicha revisión en el BOE.

 

Los conceptos a los que afectan la consiguiente subida son los siguientes:

 

Ø      Tabla de Sueldos base por nivel retributivo.

Ø      Tabla de Complemento por Experiencia.

Ø      Complemento de Adaptación Individualizado.

Ø      Complemento Salarial PAE.

 

Y además:

 

Ø      Plus  Funcional de Inspección.

 

 

COMFIA CC.OO. quiere resaltar la importancia de este logro conseguido en el sector, resultado de la negociación del Convenio General de Mediación, ya que de esta manera, queda patente el hecho de que la citada cláusula de revisión salarial ha mejorado el poder adquisitivo de los trabajadores en el sector.  

La fuerza del sindicato para la negociación colectiva depende del apoyo y la confianza que  los trabajadores y trabajadoras del sector demuestran  mediante su afiliación.  

Tablas salariales

 

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