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Distintivo Igualdad en la empresa

IGUALDAD/ Ana Herranz

El objetivo del distintivo es reconocer y estimular la labor de las empresas comprometidas con la igualdad efectiva entre géneros


Este artículo se publicó originalmente en Fraternidad (Servicios CCOO en Fraternidad Muprespa) ,


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El 3 DE NOVIEMBRE se aprueba el Real Decreto 1615/2009, de 26 de octubre, por el que se regula la concesión y utilización del distintivo Igualdad en la empresa para aquellas que destaquen por la aplicación de políticas de igualdad entre mujeres y hombres (en las condiciones de trabajo, los modelos de organización, servicios, productos y publicidad empresarial). El objetivo del distintivo es reconocer y estimular la labor de las empresas comprometidas con la igualdad efectiva entre géneros, suponiendo su concesión una serie de derechos en materia de subvenciones y adjudicación de concursos públicos, así como el uso del mismo en las relaciones comerciales de la empresa y sus fines publicitarios.

El compromiso de las empresas de trabajar en aras de la igualdad de oportunidades beneficiará a la plantilla de las empresas, y especialmente a las trabajadoras a través de la negociación de los planes de igualdad y la concreción de acciones positivas para superar las situaciones de discriminación que existan. Entre los aspectos más relevantes -a tener en cuenta para la concesión del distintivo Igualdad en la empresa- se encuentran: la participación equilibrada entre géneros en la toma de decisiones; el acceso a los puestos de mayor responsabilidad; el establecimiento de criterios y sistemas de remuneración y clasificación profesional; y la conciliación de la vida familiar y laboral.

El contenido de los elementos a tener en cuenta para la concesión del distintivo pertenece al ámbito de la negociación colectiva, de la que CCOO es promotor y partícipe. Se trata de una excelente ocasión para garantizar y verificar que las empresas que opten al distintivo se comprometan y negocien con la Representación Legal de los Trabajadores (RLT) estos contenidos, más allá de que el distintivo sea aprovechado para fines que beneficien exclusivamente a las compañías.

Por otra parte, el Real Decreto contempla la suspensión o revocación del distintivo y la perdida de derechos que origina, entre otras causas, por incumplir los parámetros de igualdad a los que se haya comprometido la empresa. Por lo tanto, se trata de una buena oportunidad para garantizar el cumplimiento de los compromisos adquiridos, pudiendo denunciar su incumplimiento y solicitando su suspensión o revocación. El distintivo se perfila como una buena herramienta de acción sindical porque va a facilitar la negociación de los planes de igualdad en las empresas, posibilitando la participación de la RLT en el control de las medidas pactadas. Con el distintivo ganan las empresas, las trabajadoras y la representación legal de las mismas.

Ana Herránz es secretaria de la Mujer de la Federación Estatal de Servicios Financieros y Administrativos (COMFIA) de Comisiones Obreras.

Revista Trabajadora

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