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24 y 31 de Diciembre: Vacaciones y festivos “mutantes”

Comunicado / 24 Noviembre 2009 - Sogeti

Se acercan las navidades y el final de año, fechas en las que muchos disfrutamos de parte de nuestras vacaciones, y cuya gestión está generando, en algunos casos, innumerables dudas. Con este comunicado queremos aclarar, de una manera sintética y en la medida de lo posible, algunas de las que hemos recibido.


Este artículo se publicó originalmente en Sogeti (Seccion Sindical Sogeti) ,


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Antecedentes

Es importante tener en cuenta, para ponernos en contexto, los siguientes antecedentes:

1. La conciliación(1), firmada en la Audiencia Nacional por la empresa y las secciones sindicales en Julio de 2009, sobre la obligatoriedad de vacaciones para el día 24 de Diciembre de 2009 y su posibilidad de cambio en circunstancias especiales de servicio.

2. El calendario laboral(2) publicado para el año 2009, en la que se resuelve un nuevo cómputo de horas anual y marca como festivo el día 31 de Diciembre en cumplimiento del acuerdo firmado en Enero de 2008 por la empresa y la Sección Sindical de CCOO (3).

(1) y (3) lo podéis encontrar aquí.

(2) lo podéis encontrar en la intranet de la empresa.

Casuísticas

Teniendo en cuenta todos los antecedentes anteriores, y sabiéndolos conjugar con el servicio a dar a nuestros clientes, entendemos que la gestión puede ser compleja pero no imposible. Eso sí, si ésta se realiza de manera desordenada, esperando al último momento y sin respetar los acuerdos, nos lleva a casos como:

     

  • Trabajadores que el 24 de Diciembre acudirán a su puesto de trabajo pero que no se les permite cambiar ese día de vacaciones por el 7 de Diciembre. Estos casos contravienen el acta de conciliación(1). ¡Si tienes que venir el día 24, te corresponde el día 7 de Diciembre!
  •  

     

  • Trabajadores que no disfrutarán del 31 de Diciembre como festivo por “indicaciones del cliente”. Teniendo en cuenta que el calendario(2) se publicó a principio de año y que, por tanto, la plantilla se ha planificado hace meses esos días como de descanso, estos casos nos parecen muy poco serios. Más aún al no clarificarse que dicho día es un festivo a todos los efectos y que, por tanto, la compensación corresponde a horas extraordinarias.
  •  

Reclamación a la empresa

La Sección Sindical de CCOO ha solicitado a la empresa una reunión, de urgencia, para que se nos proporcione el listado de las personas a quienes se les ha requerido trabajar los días 24 y 31 de Diciembre y verificar que no se están contraviniendo los acuerdos pactados.

Tenemos la “extraña” sensación que, mientras la Dirección acuerda con las secciones sindicales, en las unidades se entiende que estos acuerdos no se aplican para ellas y que los días de vacaciones o los festivos se “mutan” en días laborables sin respeto a la vida personal de la plantilla y la regulación pactada.

En cualquier caso, si estás entre los afectados, te agradeceríamos que nos hicieses llegar tu situación para intentar cuadrarlos con la información de la empresa e intentar resolverlo.

Descarga Comunicado 13/09 - 24 y 31 de Diciembre: Vacaciones y festivos “mutantes” (PDF)

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