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Acumulación de las horas de Lactancia
Desestimada la impugnación del Convenio de Aldeasa
La Audiencia Nacional ha desestimado la impugnación del Convenio de Aldeasa en el artículo sobre acumulación de horas permiso de Lactancia.
El art 41 d) del Convenio Colectivo de ALDEASA para los años 2003 a 2006 establece: "Lactancia. Las horas wstablecidas como permiso para la lactancia podrán acumularse mediante el disfrute de un mes de permiso retribuido, o la proporción que corresponda en función del periodo de alta de la madre con posterioridad al parto, hasta que el hijo cumpla nueve meses".
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