Archivado en Consultas Convenio Seguros 2012 2015

Resolución consulta nº 13

Consultas efectuadas sobre el Convenio 2012-2015

Entidad: SOS Seguros y Reaseguros S.A.
Artículo: 49.2
Fecha Resolución: 02/10/2014

RESUMEN DE LA CONSULTA

Se solicita indicación sobre la forma de proceder cuando haya vacantes en el turno de mañana, existiendo solicitudes de cambio a dicho turno por parte de trabajadores de los turnos de tarde y de noche. La consulta plantea la posibilidad de que prevalezca la antigüedad del trabajador en la empresa, con independencia de que dicho trabajador pertenezca al turno de tarde o de noche.


Este artículo se publicó originalmente en Comision Mixta Seguros (Comisión MIxta Convenio Seguros) ,


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RESOLUCIÓN DE LA CONSULTA

La Comisión Mixta interpreta que el art. 49.2 del Convenio, al indicar que “se ofertarán las vacantes que se produzcan en los distintos turnos de día a los trabajadores en turno de noche”, solo está contemplando la preferencia de los trabajadores de dicho turno de noche para acceder a las vacantes de los turnos de día, por lo que sería exceder de la literalidad y previsiones del Convenio, la interpretación que incluyera a los trabajadores en el turno de tarde en el texto del precepto que no los menciona para incorporarles a dicha preferencia

 

REFERENCIA NORMATIVA

Artículo 49. Trabajo a turnos, trabajo nocturno y en festivos.

2. En procesos de trabajo continuo de 24 horas, los trabajadores deberán estar adscritos a un turno. Los turnos podrán ser turnos fijos o turnos rotatorios, favoreciéndose la permanencia de cada trabajador, de manera estable, en un turno determinado.

Se ofertarán las vacantes que se produzcan en los distintos turnos de día a los trabajadores en turno de noche, que tendrán preferencia, según la antigüedad en el turno de noche, para ocuparlas.

La planificación de los turnos se comunicará con la mayor antelación posible a los trabajadores que los realicen, los cuales deberán tener conocimiento de los mismos con 120 días, como mínimo, de antelación, debiéndose tender a una progresiva planificación anual de los turnos a lo largo del período de vigencia del Convenio. 

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