Prevención frente a la gripe A
El virus A(H1N1) es un virus de la gripe. Dado que es un virus nuevo no se ha determinado todavía con exactitud su periodo de transmisibilidad. No obstante se estima que puede oscilar entre las 24 horas anteriores a la aparición de la sintomatología, durante todo el periodo de persistencia de los síntomas y hasta 7 días desde el inicio de los mismos.
La Caja nos convoca a una reunión referente a la Gripe A
La Caja ha respondido favorablemente a la solicitud de CC.OO. y nos ha convocado a una reunión extraordinaria en el Comité de Seguridad y Salud, para abordar diferentes aspectos relacionados con la actual pandemia de gripe A. La reunión entre la empresa y los sindicatos se celebrará el próximo lunes, día 7, y en ella CC.OO. planteará la elaboración de un Protocolo y de un Plan de Actuación para afrontar el posible impacto de la pandemia en la Caja y las medidas a tomar para evitar riesgos de contagio.
HÁGASE LA LUZ: Gripe A, ante todo, mucha calma.
Desde COMFIA-CCOO hemos propuesto a Cajamar y a la Sección Sindical de UGT la convocatoria de una reunión para abordar el tema de la denominada Gripe A.
Desde las administraciones públicas no paran de enviarse mensajes a la sociedad de la trascendencia que puede tener este proceso vírico a partir del otoño, no ya por la gravedad de las consecuencias que puede conllevar, sino por la incidencia que el posiblemente alto número de afectados puede tener sobre el desenvolvimiento del trabajo en las empresas.
ORIENTACIONES ANTE LA PANDEMIA DE GRIPE A
Ante la situación actual de pandemia de Gripe A, desde la Sección Sindical de CC.OO. de Caja Madrid, solicitamos al Servicio de Prevencion de Riesgos Laborales de la Entidad una reunión para coordinar un Plan de Actuación que contemple un protocolo para afrontar el impacto en la Caja y las diferentes medidas a tomar.
Ministerio de Sanidad y Política Social - Información sobre la gripa A/H1N1 -> http://www.msps.es/
La Incapacidad Temporal (I.T.) no debe ser causa para perder el derecho a vacaciones, aunque se agote el año
Hasta ahora, la jurisprudencia española (Tribunal Supremo), no reconocía este derecho y el trabajador perdía el derecho a las vacaciones cuando debido a una situación de IT no podía disfrutarlas en el período establecido en la empresa o dentro del plazo máximo, también perdía el derecho si la baja era en los días anteriores al disfrute de las vacaciones o cuando se producía dentro de dicho período.
La Incapacidad Temporal (I.T.) no debe ser causa para perder el derecho a vacaciones, aunque se agote el año
Hasta ahora, la jurisprudencia española (Tribunal Supremo), no reconocía este derecho y el trabajador perdía el derecho a las vacaciones cuando debido a una situación de IT no podía disfrutarlas en el período establecido en la empresa o dentro del plazo máximo, también perdía el derecho si la baja era en los días anteriores al disfrute de las vacaciones o cuando se producía dentro de dicho período.












