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Un juez permite cobrar los fondos internos de los empleados de banca
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) cree que los trabajadores de banca tienen derecho a cobrar sus fondos de pensiones, aunque sean internos.
La sala ha dado la razón a un ex empleado de Bankpyme que solicitaba su fondo, pero lo más relevante es que afirma que "es doctrina general" y aplicable para el resto de trabajadores de bancos y cajas, unos 180.000, que abandonaron su entidad de forma pactada sin cobrar los fondos porque eran internos. Ahora el Supremo tendrá que pronunciarse.
Se trata una disputa judicial que dura ya más de 10 años. Los problemas
empezaron a principios de los noventa, cuando miles de trabajadores de
bancos y cajas dejaron sus puestos por las fusiones del sector. No
cobraron los fondos de pensiones internos precisamente porque eran
"internos y no rescatables". Unos años más tarde comenzaron los juicios
en la mayoría de los tribunales superiores de las diferentes
comunidades autónomas, con sentencias muy variadas. En 2006 se produjo
un hecho clave, cuando el Tribunal Supremo ratificó que no prescribe el
derecho de los ex empleados de La Caixa a rescatar y disponer del fondo
interno de pensiones, aunque hayan abandonado voluntariamente la
entidad o hayan sido despedidos. La entidad abonó 39 millones de euros
a sus ex empleados.
Esta sentencia no se ha aplicado de forma general porque se entendía
que los empleados de La Caixa tenían un convenio específico que no
existe en otras entidades. Ahora hay una bolsa de unos 180.000 ex
empleados de banca que se prejubilaron y reclaman cientos de millones
de euros en fondos internos, según Antonio Álvarez-Ossorio, del
despacho Álvarez-Ossorio Miller & Co., que ha llevado una buena
parte de estos casos.
El pasado junio llegó otra sentencia clave: el TSJM falló a favor de un
ex empleado de Bankpyme, expresando de forma literal que la doctrina
del Tribunal Supremo de 31 de enero de 2001 (la sentencia de La Caixa)
es general y por tanto de aplicación directa para el resto de empresas.
Es la primera vez que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid da la
razón a un ex empleado de banca en relación con una reclamación de
fondo interno de pensiones. En la sentencia se condena a Bankpyme
(Banca de la Pequeña y Mediana Empresa) y se permite al demandante el
rescate de su fondo. El fallo se dio a conocer en septiembre.
Lo relevante del pronunciamiento es que, si Bankpyme lo recurre, será
el Tribunal Supremo el que tenga que dictar sentencia y así será
aplicable para todos los ex empleados, sin excepción, comenta Antonio
Álvarez-Ossorio.
El tribunal argumenta que fue la empresa la que tuvo que pagar una
indemnización al empleado. "El responsable de la situación no es el
empleado, sino la otra parte, por lo que no puede derivarse de ello
ningún perjuicio añadido como sería el verse privado, además del
trabajo y de la retribución salarial, de las prestaciones
complementarias pluriconsensuadas". También dice que "las mejoras
voluntarias de la Seguridad Social son voluntarias en su creación, pero
que una vez establecidas, no pueden suprimirse".
EL PAIS
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