Como recordatorio os detallamos las fechas en que se deben cobrar por nómina dichas ayudas:
En la de septiembre: debe estar abonada a toda la plantilla que no tiene que solicitarla, ya que es automática, correspondiente a los hijos/as de hasta 17 años, cumplidos a 31/12/05, para los colectivos del BBV e ingresados en BBVA y de hasta 16 años, para ARGENTARIA, BCO. ALICANTE y A.S.I. y la de BH, BCI y BCA pactada con carácter "ad personam".
En la de noviembre: todos/as aquellos/as que deben solicitarla, por hijos mayores de 16 o 17 años y de 0 a 4 años, que vayan a guardería, para A.S.I. El plazo límite es el 31-10. Ya están las normas de este año en e-spacio, aunque la aplicación no está, a fecha de hoy, operativa.
También queremos recordaros y recomendaros que:
No se haya cobrado.
El importe no esté bien aplicado.
Que si padre y madre trabajan en el banco sólo se tiene derecho a una ayuda, lógicamente deberéis reclamar la más beneficiosa.
Que se debe cobrar por los hijos/as que han nacido este año, por los que nazcan después del abono de la nómina y hasta el 31-12, se debe cobrar en la nómina más próxima al nacimiento.
Comprobéis que el abono sea correcto, y reclamar, ya que el banco deberá corregir la base de datos, en caso de que:
En el dorso reproducimos un resumen de importes, conceptos más comunes, modelos, plazos y normas que rigen estas ayudas.
Seguimos trabajando, seguiremos informando.Septiembre 2005