Arxivat a Revision Salarial, Salario
Tabla salarial 2006 Convenio Oficinas y Despachos Catalunya
La Comisión Paritaria del Convenio de Oficinas y Despachos en la reunión del pasado 26 de enero acordó la nueva Tabla Salarial para el año 2006.
>> Ver Tablas salariales Oficinas y Despachos año 2006 PDF catalán y castellano.-
Tal y como hemos pactado, en aplicación del artículo 21 del Convenio,
se ha aplicado en primer lugar el 17% de aumento de las tablas
correspondientes al 2005, consistente en la diferencia entre el
porcentaje del IPC previsto aplicado a las tablas de 2005 (2%) y el IPC
real a 31 de diciembre de 2005 (37%). Una vez hecho esto, se aplica un
2%, que es el IPC previsto para 2006. Repetimos que se trata de la
aplicación literal del artículo 21 del Convenio, y que estos aumentos
se han de aplicar sobre los sueldos bases y los complementos
denominados *ad personam (antes antigüedad).
Queremos recordar que la diferencia de más tiene efectos retroactivos
limitados, de aplicación a partir del mes en el que se supere el IPC
previsto y hasta final de año. De aquí viene la diferencia de un 17%
(entre el 2% previsto y el 37% real). Según los datos oficiales,
reconocidas por todas las partes negociadoras, en el mes de junio de
2005 se superó el IPC previsto, por lo tanto, los efectos retroactivos
comprenden los meses de junio a diciembre, ambos incluidos. Os
recordamos que todas las cantidades que se deban en conceptos de
atrasos deben quedar satisfechas antes del 31 de marzo de este año.
Asimismo, aprovechamos para reiterar que este año, como consecuencia de
la negociación del Convenio, continuamos teniendo 23 días laborables de
vacaciones, que este día de más que se consiguió no es intercambiable
por horas de descanso, y que todas las empresas están obligadas a
facilitar el calendario laboral porque no pase lo de siempre: que llega
final de año y no sabemos si debemos horas o nos deben. También es
importante tener en cuenta que, en jornada completa, descontando
vacaciones, festivos, sábados y domingos, este año salen 25 días de
exceso de jornada si no se compensa de ninguna otra manera.
Os pedimos que, dada la trascendencia de todos estos conceptos, pongáis especial atención en la aplicación de vuestras condiciones de trabajo y que, para cualquier duda, poneos en contacto con nosotros a los teléfonos de la Federación.
Barcelona, febrero de 2006.
Modelo de carta de Baja Voluntaria en la empresa
Calendario Laboral 2025. Publicado en el BOE
Alcanzado ACUERDO en el proceso de integración de Targobank y Cemcice en Abanca
Ciberamenazas y fraudes. ¿Los conoces?
Plan de Igualdad Grupo Alsea
Acuerdo Laboral de ámbito Estatal para el sector de Hostelería (ALEH)