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Convenio Colectivo de despachos de abogados, procuradores y graduados sociales de Cantabria
El presente Convenio regula y es de aplicación obligatoria a las condiciones de trabajo entre todas las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1o. 2 del vigente Estatuto de los Trabajadores, y quienes les presten servicios laborales de acuerdo con la legislación vigente; siempre y cuando se dediquen, las empleadoras, a la prestación de servicios profesionales de abogados, procuradores y graduados sociales.
Modelo de carta de Baja Voluntaria en la empresa
Primera reunión de negociación del XIX Convenio TIC. CCOO presenta su propuesta.
BOLETÍN INFORMATIVO
Hay que hacer un esfuerzo final
Convenio de BANCA: AEB debe avanzar en una propuesta de cierre que permita tener convenio antes del verano
CCOO y UGT alcanzan un acuerdo definitivo y proceden a la firma del XVIII Convenio de Consultoría