Arxivat a Comunicados, Negociacion Colectiva
Cómputo de la antigüedad: tampoco quieren solucionarlo
Hace unas semanas nos dirigimos al Jefe de Recursos para solicitar que se aplicara una sentencia del Tribunal Supremo que daba una solución novedosa al problema de la concatenación de contratos.
Venia a decir que,
independientemente del tiempo transcurrido entre contratos, para el cómputo de
los trienios o para el cambio de categoría se había de tener en cuenta el
tiempo trabajado de todos los contratos.
Finalmente nos ha comunicado
que, habiendo hecho consultas, tanto a la ACARL como a un gabinete jurídico,
habían llegado a la conclusión de que la sentencia no reflejaba nuestra
situación y que, por tanto, no nos era de aplicación.
Después de releer nuestro
Convenio, hemos de reafirmarnos en la opinión que ya expresábamos en el
anterior comunicado. Cuando habla del cambio de nivel tan sólo hace referencia
a un tiempo de permanencia en el nivel inferior, nunca dice que haya de ser
continuado.
Por otra parte, para establecer
los períodos de prueba en los diferentes contratos temporales, hasta llegar al
límite de los nueve meses, la Caja ya tiene en cuenta todos los contratos.
En el Pacto de Oposiciones (para
poder participar) y en el Reglamento del Plan de Pensiones (para el cálculo de
la primera aportación), ya se pactó computar todo el tiempo trabajado.
Entendemos, por tanto, que
utilizar la fórmula del total del tiempo trabajado para el cómputo de la
antigüedad, soluciona de manera limpia y aséptica el problema de las
interrupciones más o menos largas y forzosas entre contratos.
Pediríamos que la Dirección de
la Caja reconsiderase su decisión y pudiéramos llegar a un acuerdo sobre el
tema.
De todas formas, como no tenemos
mucha fe en la voluntad de la Dirección de la Caja en llegar a algún tipo de solución,
os recomendamos que empecéis a recopilar los diferentes contratos que hayáis
tenido o si no que os procuréis un certificado de vuestra vida laboral.
Os podrá ser de utilidad si,
como nos tememos, el tema ha de acabar resolviéndose mediante la vía judicial.
Mataró, 10 de julio del 2006
Modelo de carta de Baja Voluntaria en la empresa
Calendario Laboral 2025. Publicado en el BOE
Alcanzado ACUERDO en el proceso de integración de Targobank y Cemcice en Abanca
Ciberamenazas y fraudes. ¿Los conoces?
Plan de Igualdad Grupo Alsea
Acuerdo Laboral de ámbito Estatal para el sector de Hostelería (ALEH)