Jornada - BBVA Canarias

Cuadros de Vacaciones y 5 días en Península


Ya el año pasado, el Banco de manera unilateral empezó a hacer una interpretación interesada y restrictiva de algunos derechos recogidos en el Art. 26 del C.C. Banca sobre las vacaciones.
Por este motivo, la Sección Sindical de CCOO tiene interpuesto en Magistratura un Conflicto Colectivo que estamos a la espera de su resolución.


Entre tanto los jueces se pronuncian, vamos a reiterar algunas cuestiones que deberán tenerse en cuenta a la hora de hacer los cuadros de vacaciones.

Derechos recogidos en Convenio y en el acuerdo interno con los sindicatos en el BBVA:

Días de Vacaciones:25 días laborales y uno más en caso de disfrutar el grueso del periodo en invierno.

5 días Península: El personal que preste servicio en las Islas Canarias y que disfrute sus vacaciones en la Península, tendrá una ampliación de cinco días naturales en su período de vacaciones.

Días de Licencias: 4 días de licencias retribuidas y uno más a elegir entre 24/12, 31/12 o 5/01.

Período de Vacaciones: El período hábil para el disfrute de las vacaciones será el comprendido entre el 1 de marzo y el 30 de noviembre, ambos inclusive, de cada año. No obstante, el personal que lo solicite, siempre que las necesidades del servicio lo permitan, podrá tomar sus vacaciones en los restantes días del año.

Hijos en edad escolar: Tendrá preferencia para el disfrute de las vacaciones, salvadas las necesidades del servicio, el personal con hijos (de 3 a 16 años) a su cargo que lo precise en época de vacaciones preescolares y escolares

Aclaraciones a las consultas más frecuentes:

Día de inicio y final de vacaciones: Es potestad exclusiva del trabajador/a fijar las fechas de inicio y finalización de las vacaciones y lo habitual es iniciarlas en lunes y acabarlas en domingo, computando como días de vacaciones sólo los días laborales que estén entre medias.

Cuándo disfrutar de los 5 días península:Cómo dice el Convenio son una “ampliación al período de vacaciones”, por lo tanto, si acabo en domingo, la ampliación de 5 días naturales, empieza a partir del lunes.

Necesidades del Servicio: La empresa ha de demostrar, no sólo alegar, las necesidades del servicio para denegar una solicitud de vacaciones. ¿Cómo se puede alegar en enero que en diciembre habrá necesidades del servicio y no preverlas?

Período de vacaciones: En cualquiera de los doce meses del año es posible disfrutar las vacaciones, otra cosa es que, fuera del 1/03 al 30/11, NO pueden obligar a cogerlas.

Denegación de vacaciones: En caso de que se denieguen las vacaciones solicitadas sin una razón objetiva, el trabajador/a habrá de solicitarlas por escrito y el Banco deberá dar sus motivos por escrito.

Les recomendamos que, ante cualquier duda o discrepancia, se pongan en contacto con esta Sección Sindical de CCOO para recabar las aclaraciones necesarias.

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