En el caso de CECA, que durante estos primeros meses se nos ha entregado a cuenta un 1% exclusivamente sobre el sueldo base, la aplicación de este nuevo porcentaje conlleva:
1. Abono de atrasos por los siguientes conceptos y porcentajes:
- Un 1% sobre el sueldo base de 2008 por las 9,5 pagas percibidas desde principio de año.
- Por la antigüedad (anterior, actual 12 pagas y anterior 12 pagas) los importes correspondientes de aplicar el porcentaje correspondiente a cada nivel, según la tabla adjunta.
- Un 2% sobre la parte variable del plus convenio de 2008 (1/4 de paga de convenio según el nivel).
2. Actualización del incremento a cuenta del convenio con el 2% a partir de la nómina del final de julio. Este concepto engloba:
Un 2% sobre el sueldo base de Convenio. El incremento por la antigüedad tomando el porcentaje real correspondiente al nivel.










