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PRESTACIÓN EXTRAORDINARIA DE 200 EUROS PARA SUBMINISTROS BASICOS

Para personas trabajadoras por cuenta ajena y para personas trabajadoras autónomas con cargas familiares en situación de vulnerabilidad económica a raíz de la crisis sanitaria de la COVID-19.

>> DOGC 


Este artículo se publicó originalmente en CATALUNYA (CCOO Serveis Catalunya) , GIRONA (Sindicat Intercomarcal de CCOO Serveis Comarques Gironines) , TARRAGONA (Serveis CCOO Tarragona) , LLEIDA (Serveis CCOO Terres de Lleida) , VOCC-CATC (Serveis CCOO Vallès Occidental - Catalunya Central) , VORMAROS (Serveis CCOO Vallès Oriental - Maresme - Osona) , BLLAPAG (Serveis CCOO Baix Llobregat - Alt Penedès - Anoia - Garraf) , s.financer (Sector Financer CCOO Serveis Catalunya) , serveistecnics (Agrupació Serveis Tècnics Catalunya) , s.Comerç (Sectorial de Comerç CCOO Serveis Catalunya) , s.hostaleria (Sectorial d'Hostaleria CCOO Serveis Catalunya) ,


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Se trata de una ayuda extraordinaria de 200 euros abonada en un único pago, que tendrá que destinarse a la adquisición de productos de alimentación, farmacia y otros suministros básicos.

La ayuda extraordinaria es para personas trabajadoras por cuenta ajena y para personas autónomas con cargas familiares que hayan sufrido una disminución superior al 30 % de sus ingresos a causa de la COVID-19.

Lo podrán solicitar las personas afectadas por un expediente de regulación temporal, aquellas con contrato temporal extinguido o los trabajadores por cuenta propia que hayan tenido que suspender o reducir su actividad.

Esta prestación extraordinaria, tiene entre otros requisitos el de cargas familiares y que se refieren a la unidad familiar, donde se incluyan los sujetos empadronados con un vínculo de convivencia que no sea de simple vecindad compartida con la persona solicitando.

Cada unidad familiar tendrá derecho a presentar una solicitud de prestación extraordinaria, siendo compatible con la percepción de otras ayudas y prestaciones estatales de desocupación y para la ocupación, de cese de actividad, de prestaciones económicas percibidas de manera regular y periódicas o con cualquier otra ayuda concedida por otras administraciones, entes públicos o privados, si la suma mensual de los mismos no supera los 2.098,37 euros brutos.

La solicitud tendrá que realizarse mediante formulario a través de Trámites Gencat, donde el plazo para presentar las solicitudes empieza el día 30 de abril y permanecerá abierto hasta el agotamiento de la dotación presupuestaria destinada a esta prestación. Este pago se efectuara mediante transferencia bancaria, en el plazo de siete días hábiles a contar desde la publicación de la resolución.

CCOO Catalunya


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