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Convenio colectivo estatal de elaboradores de productos cocinados para su venta a domicilio 2016-2018 (Prodelivery)
El presente Convenio regula las relaciones laborales en aquellas empresas que se dediquen, como actividad principal, a la preparación y elaboración de productos cocinados para su posterior reparto a domicilio, en la que podrán ser incluidos otros artículos de gran consumo, alimenticios o no, de apoyo a los primeros, tales como videos, libros o análogos.
A tales efectos, todas aquellas ventas y/o pedidos de productos realizados a través del sistema «para llevar» se considerarán como a domicilio.
Complementariamente se podrán prestar servicios de venta y despacho de los productos previamente elaborados y preparados para su consumo en los establecimientos comerciales de las indicadas empresas.
Convenio Hostelería Baleares 2018-2022 (Publicado en el BOIB)
Modelo de carta de Baja Voluntaria en la empresa
Alcanzado Preacuerdo en el Convenio Colectivo de Establecimientos Financieros de Crédito
Calendario Laboral 2024. Publicado en el BOE
Convenio Colectivo de Hostelería de las Illes Balears
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