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Publicado en el BOE el IV Convenio Colectivo Estatal para despachos de técnicos tributarios y asesores fiscales

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Publicado en el BOE el IV Convenio Colectivo Estatal para despachos de técnicos tributarios y asesores fiscales

Tras una serie de vicisitudes relacionadas con el nuevo sistema informático de registros de convenios colectivos y de tener que responder a alegaciones formuladas por la Dirección General de Trabajo relativas a la cláusula de descuelgue, el contrato de formación y el procedimiento para solventar las discrepancias, se produce la orden del inscripción y publicación.


Este artículo se publicó originalmente en ARAGON (Federación de Servicios de CCOO Aragón) ,


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Recordamos que los aspectos más relevantes del Convenio son los siguientes:
 

  • La duración es de dos años, iniciándose su vigencia el día 1 de en enero de 2.011 y finalizando el día 31 de diciembre de 2012.
  • En el aspecto retributivo, se establece un incremento de 1,5% para el año 2.011 y del 2% con cláusula de revisión para el 2.012. Además se prevé que si a 31 de diciembre de 2.011, el IPC real superase el 3%, el diferencial se incrementaría al 2% acordado para el 2.012. Al finalizar el último año ajustaría al IPC real. En ningún caso el ajuste afectaría al incremento pactado del 2%.
  • También se aumentan el importe de los gastos de locomoción a 0,20 € el Kilómetro, la media dieta a 15 € y la dieta completa a 30 €.
  • Para aquellos trabajadores con edad comprendida entre los 60 y 62 años al inicio del año en que se trate, disfrutaran de 2 días más de vacaciones, y aquellos con una edad comprendida entre los 63 y 65 años disfrutaran de 4 días más de vacaciones, siempre y cuando todos acrediten una antigüedad de 12 años en la empresa.
  • Se introduce el acoso moral como falta muy grave y se produce una reducción significativa en el tiempo de necesario para la cancelación de las anotaciones desfavorables en el expediente, a consecuencia de las faltas cometidas.

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