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Precisiones de CC.OO. a las últimas circulares de Recursos Humanos
Comisiones Informa: Vacaciones, Ayuda de Estudios y Aguinaldo
El departamento de RR.HH. de Multicaja sigue en su línea habitual. No contento con ser lo mas restrictivo que se le ocurre con las interpretaciones de los distintos artículos del convenio, se "olvida" de informar y aplicar aquellos aspectos en los que superamos y mejoramos el convenio. Todo por el bien de Multicaja y sus trabajadores, suponemos....
Compañeros, compañeras:
De nuevo, en la línea de información de circulares anteriores, sobre temas de actualidad que nos estáis consultando y sobre lo que os puede ampliar vuestro delegado de CC.OO. mas próximo.
Rectificamos algunos datos establecidos por la circular de Recursos Humanos, dándoos nuestra interpretación:
1. Los empleados ....disfrutarán de 23 días laborables de vacaciones más 2 días de licencia retribuida. (Acuerdo laboral de fusión, modificado por acuerdo posterior) Al redactar la circular de RR.HH. alguien olvidó mencionar que estamos por encima del convenio colectivo. Los dos días de licencia retribuída no deben figurar en el cuadro de vacaciones. Son 2 días a los que tienes derecho para disfrutar de tu tiempo libre, sin necesidad de dar ninguna clase de explicación a la empresa.
2. Las discrepancias relativas a períodos de disfrute, serán resueltas conjuntamente por la Dirección y Comité de Empresa. (Artículo 18 del XVIII Convenio Colectivo).
3. Todos los empleados tienen igual derecho a la elección del momento de disfrute de las vacaciones. por ello se implanta un sistema rotativo, que, sin alterar el normal funcionamiento de cada departamento, posibilite el acceso de todos los empleados a las épocas del año que tradicionalmente tienen mayor demanda como período de vacaciones. (Artículo 18 del XVIII Convenio Colectivo).
Así pues, cualquier motivo de discrepancia con el método o la asignación de vacaciones debéis de comunicarlo a los delegados de CC.OO. y ellos lo llevarán al lugar donde debe resolverse, esto es, al respectivo Comité de Empresa o delegados de personal. No importa que los cuadros estén ya hechos. Si tienes algún problema con tus vacaciones, infórmanos.
Al igual que en el apartado anterior, intentamos interpretar lo más literalmente posible la normativa al respecto.
1. Estas ayudas se solicitarán entre el 1 de septiembre y el 30 de octubre de cada año....y no hasta el 17 de octubre, como se indica en la circular de RR.HH. (Artículo 38 del XVIII Convenio Colectivo). Los que se hayan matriculado más tarde pueden solicitarla hasta la fecha citada.
2. Cuando los estudios se cursen permanentemente fuera del lugar de residencia habitual se incrementarán las cuantías en un 50 por 100. (Artículo 38 del XVIII Convenio Colectivo). La circular de RR.HH. establece que se adjuntará a la solicitud el justificante de residencia fuera del domicilio particular.
La interpretación del texto del Convenio es muy clara: si se cursan permanentemente, (puede entenderse por esto la totalidad del curso escolar) fuera del lugar de residencia habitual, es un 50 por 100 más. No hace falta justificante de la residencia fuera del domicilio familiar, que tampoco sabemos qué significa.
Cualquier incidencia en esta remuneración debéis comunicárnosla para evaluar si procede o no una reclamación colectiva o en otro caso individuales.
1.Gratificación especial. A partir del año 2002, a todos los trabajadores de MULTICAJA que se encuentren en activo en el momento de la firma de este acuerdo, se abonará anualmente en el mes de noviembre una gratificación especial de 211 EUROS. ... (artículo 14º del Acuerdo laboral de fusión).
Desde esta fecha, todos los años lo han percibido la totalidad de la plantilla, por decisión del Consejo Rector cada año, a petición del Consejero Laboral. Sin embargo la empresa se niega a extender este derecho para todos, manteniendo esta discriminación entre trabajadores y concediéndolo, cada año, de forma graciable a nuestra petición.
Esperamos que estas líneas os sean de utilidad, al menos para comprender las dificultades de nuestra actuación que, de forma incomprensible, se encuentra, a cada momento, con la interpretación más restrictiva posible, incluso hablando de mezquindades, como en el caso del aguinaldo o de la ayuda de estudios.
Seguiremos informando.
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