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Desregularización de horarios Banca de empresas
10 03 04 El banco propone un horario fuera del convenio de banca. (PDF:Cat. / Cast.)
Desregularización de horarios Banca de empresas
El banco propone un horario fuera del convenio de banca En octubre de 2003 se aperturó en Madrid una oficina de empresas con un horario especial no contemplado en nuestro convenio colectivo, que se comunicó por escrito a los clientes y verbalmente a los empleados afectados. El horario consiste en trabajar todos los meses del año, con jornada partida de 8,00 a 17,00 de lunes a jueves, con una hora para la comida y los viernes de 8,00 a 15,00; excepto el mes de agosto que se trabaja de 8,00 a 15,00 de lunes a viernes. Como quiera que este horario supera el computo anual de horas marcadas en convenio, la dirección del banco decide hacer un clausulado adicional al contrato de trabajo en el que detalla un horario que mejora el establecido en convenio: de lunes a jueves de 8,00 a 17,00 y los viernes de 8,00 a 15,00, y para el periodo comprendido entre el 1 de mayo y el 31 de Octubre de lunes a viernes de 8,00 a 15,00. Sin embargo, el compromiso verbal de los empleados afectados es el de prolongar la jornada según el horario especificado en el primer párrafo, de forma que todo el año se trabaje hasta las 17,00 horas, excepto agosto. El banco, en lugar de pagar las horas extras, ofrece una ridícula gratificación especial Como compensación a esta extensión de jornada se abona en nomina 270 euros en concepto de gratificación horario especial, solo durante los 5 meses de prolongación de jornada y descontando proporcionalmente los días no trabajados. Nuestra sección sindical denunció los hechos ante Inspección de Trabajo ya que entendemos que de lo que se trata es de horas extras que deberían cotizarse y pagarse como tales, lo que supondría, por ejemplo, para un nivel 9 un importe mensual medio aproximado de 470 euros. La Inspección de Trabajo dictamina que se trata de horas extras i que el banco ha de pagarlas a sus trabajadores El fallo de la Inspección de Trabajo dice: Como quiera que el importe abonado lo es en concepto de prolongación de su jornada que finalizaría a las 15 horas, procede cotizarse como hora extraordinaria y no englobarse en Contingencias Comunes,.... Sobre si el importe recibido es correcto, los interesados deberán, si lo consideran oportuno reclamar en la Jurisdicción Social las diferencias que estimen pertinentes. La Inspección determina que la extensión que hacen los empleados en el cumplimiento del compromiso adquirido verbalmente son horas extras, que no están siendo debidamente pagadas ni cotizadas pero, tal y como marca la ley, la reclamación de cantidad queda a iniciativa de cada empleado. Al banco, le motiva la desregularización de los horarios A raíz de la implantación sucesiva de este modelo de banca de empresas en todo el territorio nacional, se está haciendo extensivo el horario a un número cada vez mayor de compañeros. Estas condiciones, negociadas individualmente con cada empleado, fuera del convenio colectivo y sin las preceptivas consultas previas con los representantes sindicales, suponen un paso más en la desregularización de nuestras condiciones laborales y se enmarca en lo que viene siendo habitual en la actual política de recursos humanos del banco. El trabajador queda obligado legalmente al pacto, pero no a extender su jornada laboral Recordamos a todo el personal afectado que estas modificaciones no pueden ser impuestas y que la aceptación de las mismas es totalmente voluntaria. Por otra parte, la firma del clausulado que ofrecen, siempre que sea el descrito al inicio de este comunicado (mejora el horario partido y el número de horas de jornada anual de convenio), a lo que compromete es a lo pactado en el mismo y, en consecuencia, no obliga en absoluto a extender la jornada más allá de lo descrito en el mismo, que es lo que prevalece legalmente. En cualquier caso, os recordamos el peligro que suponen los acuerdos privados y verbales con una empresa que no hace mas que recortar nuestros derechos e incumplir sus compromisos. La mejor solución seria crear más puestos de trabajo, en lugar de cometer acciones fraudulentas con las horas extras Como sindicato creemos que la mejor solución para cubrir estos horarios especiales es la creación de nuevos empleos y que la peor es la que se ha adoptado a base de horas extras encubiertas, mal cotizadas y peor pagadas. En consecuencia, nuestra intención es seguir denunciando ante la Inspección de Trabajo la práctica de estos horarios decididos unilateralmente por la empresa. Seguiremos informando sobre este tema.
Madrid, marzo de 2004
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